PÁGINAS: 280 | EDICIÓN:   
MATERIA: Constitucional
PUBLICADO: Octubre 2020
ISBN: 978-987-30-1502-1


 

  • Palabras previas, pág. 7
  • I. CONCEPTO, pág. 9
  • 1. En la doctrina, pág. 10
  • 2. En la jurisprudencia, pág. 13
  • II. EMERGENCIA Y ESTADO DE DERECHO, pág. 19
  • III. CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS Y SUS INSTITUTOS, pág. 35
  • IV. ANÁLISIS DE LOS INSTITUTOS DE EMERGENCIA EN LA HISTORIA INSTITUCIONAL DE NUESTRO PAÍS
  • 1. Institutos previstos por la Constitución, pág. 39
  • A) La intervención federal, pág. 39
  • B) El estado de sitio, pág. 48
  • C) Los decretos de necesidad y urgencia, pág. 55
  • D) La delegación legislativa, pág. 72
  • E) Las emergencias en los tratados internacionales de derechos humanos con rango constitucional, pág. 89
  • 2. Institutos prohibidos por la Constitución: el artículo 29, pág. 91
  • 3. Institutos no previstos por la Constitución, pág. 93
  • A) Gobiernos de facto y el artículo 36, pág. 93
  • 1) El artículo 36 de la Constitución Nacional, pág. 95
  • B) La ley marcial, pág. 97
  • C) El estado de prevención y alarma, pág. 99
  • D) El estado de asamblea, pág. 100
  • E) El poder de policía de emergencia, pág. 101
  • F) La caducidad y la prórroga de los mandatos, pág. 112
  • V. LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL "CORRALITO" FINANCIERO Y BANCARIO
  • 1. El decreto de necesidad y urgencia 1570 del PEN y la primera versión del "corralito", pág. 117
  • 2. La reacción popular, pág. 119
  • 3. Los derechos individuales violados, pág. 121
  • 4. La inconstitucionalidad de dichas medidas, pág. 124
  • 5. La misión del Poder Judicial y el caso "Smith", pág. 125
  • 6. La Ley de Emergencia 25.561 y su inconstitucionalidad, pág. 130
  • 7. El decreto de necesidad y urgencia 214 del PEN y la segunda versión del "corralito", pág. 135
  • 8. El decreto de necesidad y urgencia 320 y las últimas medidas sobre el "corralito", pág. 141
  • 9. Conclusiones, pág. 143
  • VI. LA EMERGENCIA DEL COVID-19 EN ARGENTINA, pág. 145
  • 1. El retorno a las prácticas del pasado, pág. 148
  • 2. Federalismo y rol de los gobiernos subnacionales, pág. 160
  • 3. Los derechos fundamentales restringidos o lesionados, pág. 176
  • VII. PROPUESTAS Y REFLEXIONES FINALES, pág. 189
  • ANEXO
  • EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA EN "PROVINCIA DE SAN LUIS" Y EL CAMBIO DE LA JURISPRUDENCIA CONVALIDATORIA DE LA EMERGENCIA ECONÓMICA
  • I. El caso, pág. 197
  • II. El dictamen del procurador general doctor Nicolás E. Becerra, pág. 198
  • III. El fallo de la Corte, pág. 199
  • 1. Los argumentos de los demandados, pág. 200
  • 2. Admisibilidad del amparo, pág. 200
  • 3. Ratificación del precedente fallo "Smith", pág. 201
  • 4. Las consecuencias producidas por el decreto 214/2002 en los ahorristas, pág. 201
  • 5. Las consecuencias de la pesificación asimétrica y la solución en este caso solamente del problema de los ahorristas, pág. 202
  • 6. La posible aplicación de la doctrina de los actos propios, pág. 203
  • 7. La confirmación de la jurisprudencia anterior sobre los límites de la emergencia, pág. 203
  • 8. El alcance de la revisión judicial en torno del decreto 214/2002, pág. 204
  • 9. Las dos fuentes constitucionales disímiles del decreto 214/2002, pág. 205
  • 10. La imposibilidad de utilizar en este caso las dos fuentes de decretos, pág. 205
  • 11. La discordancia entre la ley 25.561 y el decreto 214/2002, pág. 207
  • 12. La incorrecta comparación con la jurisprudencia norteamericana, pág. 209
  • 13. La intangibilidad de los depósitos, pág. 210
  • 14. La violación del derecho de propiedad, pág. 211
  • 15. La petición de los ciudadanos ante los jueces y la misión de éstos como guardianes de la Constitución, pág. 212
  • 16. La emergencia no ampara el desconocimiento de los derechos constitucionales, pág. 213
  • 17. Los derechos adquiridos y la seguridad jurídica, pág. 213
  • 18. Inconstitucionalidad de todo el plexo normativo del corralito, pág. 215
  • 19. El impacto sociológico del corralito y la profusión de amparos presentados en el marco de una interpretación constitucional dinámica, pág. 215
  • 20. La reiteración de la doctrina de la Corte sobre el alcance de las restricciones en la emergencia económica, pág. 216
  • 21. La misión del Poder Judicial y la parte resolutiva de la sentencia, pág. 216
  • 22. El voto del ministro doctor Carlos S. Fayt, pág. 217
  • a) Análisis de la crisis política, económica y social del país y diferencias de este caso con "Peralta", pág. 218
  • b) La "celada" de la Ley 25.466 de Intangibilidad de los Depósitos y la inconstitucionalidad del decreto 1570/2001 y el artículo 15 de la Ley de Emergencia 25.561, pág. 219
  • c) La inconstitucionalidad del decreto 214/2002, pág. 219
  • d) La jurisprudencia de la Corte sobre la legislación de emergencia y la interpretación dinámica de la Constitución, pág. 221
  • e) El derecho de emergencia no nace fuera de la Constitución, pág. 224
  • f) La confiscatoriedad producida y su inconstitucionalidad, pág. 224
  • 23. El voto del ministro doctor Adolfo R. Vázquez, pág. 225
  • a) Los fundamentos de la inconstitucionalidad del decreto 214/2002, pág. 225
  • b) Las diferencias entre las dos versiones del "corralito" y con el fallo en "Smith", pág. 228
  • c) La confiscación producida, pág. 228
  • d) El arrasamiento de la seguridad jurídica y el recuerdo de la opinión del juez Bermejo, pág. 229
  • e) El acceso a la justicia y la inconstitucionalidad del decreto 1316/2002 y del artículo 1º de la ley 25.587, pág. 229
  • f) La obligación de devolver los depósitos es de los bancos y no del Estado, pág. 231
  • g) La vuelta al respeto de la Constitución, pág. 232
  • 24. El voto de minoría de los ministros Belluscio, Boggiano y Maqueda, pág. 232
  • a) Dificultades para fallar esta causa mediante el amparo, pág. 232
  • b) No se abre juicio sobre la cuestión de fondo, pág. 233
  • c) La insistencia en la recusación efectuada al ministro Fayt, la nulidad del fallo y el rechazo del amparo promovido, pág. 233
  • IV. Nuestras reflexiones sobre el fallo, pág. 234
  • 1. El cumplimiento de la misión del Poder Judicial -y de la Corte en particular- como verdadero poder del Estado en el sistema republicano, mediante el control de constitucionalidad, pág. 234
  • 2. La afirmación de la supremacía constitucional, incluso en la emergencia, pág. 235
  • 3. El cambio de la jurisprudencia convalidatoria de la emergencia económica, pág. 236
  • 4. Hacia un modelo democrático y liberal en materia de emergencia, pág. 238
  • 5. La adecuada valoración del amparo, pág. 239
  • 6. Los límites a la utilización de los decretos de necesidad y urgencia cuando se ha producido la declaración de emergencia por el Congreso y se ha efectuado la delegación legislativa, pág. 242
  • 7. La invocación de la doctrina de los actos propios, pág. 243
  • 8. La aplicación de esta jurisprudencia a otros ahorristas, pág. 246
  • EL CASO "MASSA" Y EL REGRESO A LA JURISPRUDENCIA CONVALIDATORIA DE LA EMERGENCIA ECONÓMICA
  • I. Introducción, pág. 247
  • II. El caso, pág. 249
  • III. Los argumentos de la Corte, pág. 250
  • IV. Nuestra opinión, pág. 251
  • 1. Las emergencias en general y la decadencia de nuestro Estado de Derecho, pág. 251
  • 2. El regreso a la jurisprudencia convalidatoria en materia de emergencias económicas, pág. 253
  • 3. Los argumentos del voto mayoritario, pág. 256
  • 4. La necesidad de profundizar el control de constitucionalidad en esta materia, pág. 258
  • Bibliografía, pág. 263

 

Emergencias orden constitucional y covid-19 HERNANDEZ, Antonio María

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MATERIA: Constitucional
PUBLICADO: Octubre 2020
ISBN: 978-987-30-1502-1


 

  • Palabras previas, pág. 7
  • I. CONCEPTO, pág. 9
  • 1. En la doctrina, pág. 10
  • 2. En la jurisprudencia, pág. 13
  • II. EMERGENCIA Y ESTADO DE DERECHO, pág. 19
  • III. CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS Y SUS INSTITUTOS, pág. 35
  • IV. ANÁLISIS DE LOS INSTITUTOS DE EMERGENCIA EN LA HISTORIA INSTITUCIONAL DE NUESTRO PAÍS
  • 1. Institutos previstos por la Constitución, pág. 39
  • A) La intervención federal, pág. 39
  • B) El estado de sitio, pág. 48
  • C) Los decretos de necesidad y urgencia, pág. 55
  • D) La delegación legislativa, pág. 72
  • E) Las emergencias en los tratados internacionales de derechos humanos con rango constitucional, pág. 89
  • 2. Institutos prohibidos por la Constitución: el artículo 29, pág. 91
  • 3. Institutos no previstos por la Constitución, pág. 93
  • A) Gobiernos de facto y el artículo 36, pág. 93
  • 1) El artículo 36 de la Constitución Nacional, pág. 95
  • B) La ley marcial, pág. 97
  • C) El estado de prevención y alarma, pág. 99
  • D) El estado de asamblea, pág. 100
  • E) El poder de policía de emergencia, pág. 101
  • F) La caducidad y la prórroga de los mandatos, pág. 112
  • V. LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL "CORRALITO" FINANCIERO Y BANCARIO
  • 1. El decreto de necesidad y urgencia 1570 del PEN y la primera versión del "corralito", pág. 117
  • 2. La reacción popular, pág. 119
  • 3. Los derechos individuales violados, pág. 121
  • 4. La inconstitucionalidad de dichas medidas, pág. 124
  • 5. La misión del Poder Judicial y el caso "Smith", pág. 125
  • 6. La Ley de Emergencia 25.561 y su inconstitucionalidad, pág. 130
  • 7. El decreto de necesidad y urgencia 214 del PEN y la segunda versión del "corralito", pág. 135
  • 8. El decreto de necesidad y urgencia 320 y las últimas medidas sobre el "corralito", pág. 141
  • 9. Conclusiones, pág. 143
  • VI. LA EMERGENCIA DEL COVID-19 EN ARGENTINA, pág. 145
  • 1. El retorno a las prácticas del pasado, pág. 148
  • 2. Federalismo y rol de los gobiernos subnacionales, pág. 160
  • 3. Los derechos fundamentales restringidos o lesionados, pág. 176
  • VII. PROPUESTAS Y REFLEXIONES FINALES, pág. 189
  • ANEXO
  • EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA EN "PROVINCIA DE SAN LUIS" Y EL CAMBIO DE LA JURISPRUDENCIA CONVALIDATORIA DE LA EMERGENCIA ECONÓMICA
  • I. El caso, pág. 197
  • II. El dictamen del procurador general doctor Nicolás E. Becerra, pág. 198
  • III. El fallo de la Corte, pág. 199
  • 1. Los argumentos de los demandados, pág. 200
  • 2. Admisibilidad del amparo, pág. 200
  • 3. Ratificación del precedente fallo "Smith", pág. 201
  • 4. Las consecuencias producidas por el decreto 214/2002 en los ahorristas, pág. 201
  • 5. Las consecuencias de la pesificación asimétrica y la solución en este caso solamente del problema de los ahorristas, pág. 202
  • 6. La posible aplicación de la doctrina de los actos propios, pág. 203
  • 7. La confirmación de la jurisprudencia anterior sobre los límites de la emergencia, pág. 203
  • 8. El alcance de la revisión judicial en torno del decreto 214/2002, pág. 204
  • 9. Las dos fuentes constitucionales disímiles del decreto 214/2002, pág. 205
  • 10. La imposibilidad de utilizar en este caso las dos fuentes de decretos, pág. 205
  • 11. La discordancia entre la ley 25.561 y el decreto 214/2002, pág. 207
  • 12. La incorrecta comparación con la jurisprudencia norteamericana, pág. 209
  • 13. La intangibilidad de los depósitos, pág. 210
  • 14. La violación del derecho de propiedad, pág. 211
  • 15. La petición de los ciudadanos ante los jueces y la misión de éstos como guardianes de la Constitución, pág. 212
  • 16. La emergencia no ampara el desconocimiento de los derechos constitucionales, pág. 213
  • 17. Los derechos adquiridos y la seguridad jurídica, pág. 213
  • 18. Inconstitucionalidad de todo el plexo normativo del corralito, pág. 215
  • 19. El impacto sociológico del corralito y la profusión de amparos presentados en el marco de una interpretación constitucional dinámica, pág. 215
  • 20. La reiteración de la doctrina de la Corte sobre el alcance de las restricciones en la emergencia económica, pág. 216
  • 21. La misión del Poder Judicial y la parte resolutiva de la sentencia, pág. 216
  • 22. El voto del ministro doctor Carlos S. Fayt, pág. 217
  • a) Análisis de la crisis política, económica y social del país y diferencias de este caso con "Peralta", pág. 218
  • b) La "celada" de la Ley 25.466 de Intangibilidad de los Depósitos y la inconstitucionalidad del decreto 1570/2001 y el artículo 15 de la Ley de Emergencia 25.561, pág. 219
  • c) La inconstitucionalidad del decreto 214/2002, pág. 219
  • d) La jurisprudencia de la Corte sobre la legislación de emergencia y la interpretación dinámica de la Constitución, pág. 221
  • e) El derecho de emergencia no nace fuera de la Constitución, pág. 224
  • f) La confiscatoriedad producida y su inconstitucionalidad, pág. 224
  • 23. El voto del ministro doctor Adolfo R. Vázquez, pág. 225
  • a) Los fundamentos de la inconstitucionalidad del decreto 214/2002, pág. 225
  • b) Las diferencias entre las dos versiones del "corralito" y con el fallo en "Smith", pág. 228
  • c) La confiscación producida, pág. 228
  • d) El arrasamiento de la seguridad jurídica y el recuerdo de la opinión del juez Bermejo, pág. 229
  • e) El acceso a la justicia y la inconstitucionalidad del decreto 1316/2002 y del artículo 1º de la ley 25.587, pág. 229
  • f) La obligación de devolver los depósitos es de los bancos y no del Estado, pág. 231
  • g) La vuelta al respeto de la Constitución, pág. 232
  • 24. El voto de minoría de los ministros Belluscio, Boggiano y Maqueda, pág. 232
  • a) Dificultades para fallar esta causa mediante el amparo, pág. 232
  • b) No se abre juicio sobre la cuestión de fondo, pág. 233
  • c) La insistencia en la recusación efectuada al ministro Fayt, la nulidad del fallo y el rechazo del amparo promovido, pág. 233
  • IV. Nuestras reflexiones sobre el fallo, pág. 234
  • 1. El cumplimiento de la misión del Poder Judicial -y de la Corte en particular- como verdadero poder del Estado en el sistema republicano, mediante el control de constitucionalidad, pág. 234
  • 2. La afirmación de la supremacía constitucional, incluso en la emergencia, pág. 235
  • 3. El cambio de la jurisprudencia convalidatoria de la emergencia económica, pág. 236
  • 4. Hacia un modelo democrático y liberal en materia de emergencia, pág. 238
  • 5. La adecuada valoración del amparo, pág. 239
  • 6. Los límites a la utilización de los decretos de necesidad y urgencia cuando se ha producido la declaración de emergencia por el Congreso y se ha efectuado la delegación legislativa, pág. 242
  • 7. La invocación de la doctrina de los actos propios, pág. 243
  • 8. La aplicación de esta jurisprudencia a otros ahorristas, pág. 246
  • EL CASO "MASSA" Y EL REGRESO A LA JURISPRUDENCIA CONVALIDATORIA DE LA EMERGENCIA ECONÓMICA
  • I. Introducción, pág. 247
  • II. El caso, pág. 249
  • III. Los argumentos de la Corte, pág. 250
  • IV. Nuestra opinión, pág. 251
  • 1. Las emergencias en general y la decadencia de nuestro Estado de Derecho, pág. 251
  • 2. El regreso a la jurisprudencia convalidatoria en materia de emergencias económicas, pág. 253
  • 3. Los argumentos del voto mayoritario, pág. 256
  • 4. La necesidad de profundizar el control de constitucionalidad en esta materia, pág. 258
  • Bibliografía, pág. 263