Derecho de los conflictos colectivos de trabajo - 2° Edición ampliada y actualizada. AUTOR: Arese, Cesar 560 páginas. 2da edición julio 2020

El derecho humano de libertad sindical. Trabajadores precarios y de economía popular: sindicalización, negociación y conflictos. Teoría general de los conflictos colectivos de trabajo. La huelga. Sujetos excluidos y finalidad. La titularidad de la huelga y el fallo "Orellano" de la Corte Suprema. Medidas de acción directa parahuelguísticas. De la huelga fuerza a la "huelga" mediática. La práctica de la huelga. Fuentes esenciales de las modalidades de la huelga. Nuevas tecnologías informatizadas y derechos colectivos: ciberhuelga y ciber "lock-out". El daño cibernético. La transformación tecnológica, estructural y espacial de la empresa. Campaña electrónica como medio de acción sindical. Ciberactivismo, huelga, boicot y hackeo. Individualización de la huelga (el caso del teletrabajo). Dispositivos móviles y celulares en el lugar de trabajo como herramientas de acción sindical. Sistemas audiovisuales e informáticos como medios de acción antisindical. Las acciones directas de los empleadores. Los sujetos. El interés colectivo empresario. Fuentes. Las medidas de acción directa. Efectos de las medidas de acción directa. Huelga y contrato individual de trabajo. Actos discriminatorios por el ejercicio de la huelga. El despido con motivo de la huelga. La pérdida salarial. Judicialización, criminalización, medios de reconocimiento y defensa del derecho de huelga. Sistemas de prevención y composición de conflictos colectivos. Procedimiento de conciliación y arbitraje en conflictos colectivos de trabajo. Los conflictos colectivos de crisis. Conflictos colectivos en servicios esenciales. Las medidas de acción directa en servicios esenciales. Anexo legislativo.

 
  • Índice general, pág. 7
  • Abreviaturas, pág. 9
  • La necesidad de una nueva edición, pág. 15
  • CAPÍTULO PRIMERO - EL DERECHO HUMANO DE LIBERTAD SINDICAL, pág. 17
  • I. La libertad sindical como derecho humano laboral. Conceptos y alcances, pág. 18
  • II. El carácter liminar del derecho fundamental de libertad sindical, pág. 23
  • III. Consolidación en declaraciones y tratados sobre derechos humanos, pág. 25
  • IV. Aceptación mundial de la libertad sindical, pág. 27
  • V. Organización Internacional del Trabajo, pág. 28
  • A. El sistema normativo, pág. 28
  • B. La huelga como derecho fundamental cuestionada en la OIT, pág. 31
  • 1. Cuestionamientos a la CEACR y al derecho de huelga, pág. 31
  • 2. Respuesta de los trabajadores, pág. 32
  • 3. Statu quo, pág. 33
  • VI. Sistema Interamericano de Derechos Humanos, pág. 34
  • A. Normas esenciales, pág. 34
  • B. Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pág. 35
  • 1. Caso "Baena, Ricardo y otros vs. Panamá", 2001, pág. 35
  • 2. Caso "Huilca Tecse vs. Perú", 2005, pág. 36
  • 3. Caso "Cantoral Huamaní y García Santa Cruz vs. Perú", 2007, pág. 36
  • 4. Caso "García y familiares vs. Guatemala", 2012, pág. 37
  • 5. Caso "Lagos del Campo vs. Perú", 2017, pág. 37
  • 6. Caso "Trabajadores Cesanteados de Petroperú", 2017, pág. 38
  • C. Opinión Consultiva Nº 22 de 2016 sobre titularidad de derechos humanos, pág. 39
  • VII. Otros sistemas, pág. 41
  • VIII. Constitucionalización de la libertad sindical, el derecho de huelga y el lock-out, pág. 42
  • A. Nivel mundial, pág. 42
  • B. Nivel regional americano, pág. 44
  • 1. Reconocimiento según legislación reglamentaria, pág. 44
  • 2. El establecimiento de excepciones para el personal de fuerzas de seguridad y otros sectores laborales, pág. 46
  • 3. Reconocimiento y titulares de derechos de acción colectiva, pág. 47
  • IX. El carácter fundamental de un principio fundamental, pág. 50
  • X. La libertad sindical como principio, pág. 51
  • XI. La libertad sindical como principio protectorio, pág. 53
  • CAPÍTULO SEGUNDO - TRABAJADORES PRECARIOS Y DE ECONOMÍA POPULAR: SINDICALIZACIÓN, NEGOCIACIÓN Y CONFLICTOS
  • I. El derecho al trabajo sin distinciones, pág. 55
  • II. El derecho del trabajo de los trabajadores por cuenta propia, pág. 59
  • III. El paso de la economía informal a la economía formal, pág. 60
  • IV. Los derechos humanos laborales de trabajadores autónomos y de economía popular, pág. 62
  • V. La sindicalización y convencionalización sin nexo dependiente, pág. 63
  • VI. De las nuevas contradicciones, pág. 67
  • A. Precarización como una faceta de la flexibilización laboral, pág. 67
  • B. ¿Las conquistas sindicales como piezas de museo?, pág. 68
  • C. Sustitución de las contradicciones de intereses sociales, pág. 70
  • VII. La personería social como nueva forma de sindicalización, pág. 70
  • VIII. Institucionalización legal a nivel confederal, pág. 72
  • IX. Accionar colectivo, pág. 74
  • X. Conclusión, pág. 75
  • CAPÍTULO TERCERO - TEORÍA GENERAL DE LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO
  • I. Introducción sobre el radio de estudio, pág. 77
  • II. El Derecho de los Conflictos Colectivos, pág. 79
  • III. Características del Derecho de los Conflictos Colectivos, pág. 81
  • A. Derecho sintomático y expresivo, pág. 81
  • B. Derecho legislante, pág. 82
  • C. Derecho atípico dentro de un Derecho atípico, pág. 83
  • IV. Interés colectivo profesional, pág. 85
  • V. Clasificaciones, pág. 88
  • A. Conflictos individuales y colectivos, pág. 88
  • B. Conflictos colectivos según su contenido, pág. 90
  • 1. De intereses, pág. 90
  • 2. De derecho, pág. 91
  • 3. Conflictos mixtos o transitivos, pág. 92
  • C. Según sus protagonistas, pág. 92
  • 1. Conflicto obrero-patronal, pág. 92
  • 2. Conflictos sindicales, pág. 92
  • a) Intrasindicales, pág. 92
  • b) Intersindicales, pág. 95
  • 1) Encuadramiento sindical, pág. 95
  • 2) Encuadramiento convencional, pág. 96
  • D. Según la sustancia de los derechos laborales en cuestión, pág. 98
  • 1. Conflictos defensivos y reivindicativos, pág. 98
  • 2. Progresivos u ofensivos, pág. 98
  • 3. Conflictos novativos, pág. 99
  • VI. Sinopsis de modelos comparados, pág. 99
  • A. Alemania, pág. 99
  • B. España, pág. 101
  • C. Italia, pág. 102
  • D. Francia, pág. 103
  • E. Brasil, pág. 103
  • F. Uruguay, pág. 105
  • G. Chile, pág. 106
  • H. Estados Unidos, pág. 108
  • VII. Síntesis evolutiva nacional, pág. 109
  • VIII. Síntesis normativa nacional, pág. 112
  • A. El derecho constitucional de huelga, pág. 112
  • B. Reglamentación de los procesos en conflictos colectivos, pág. 115
  • 1. Evolución, pág. 115
  • 2. Procesalización del conflicto colectivo, pág. 116
  • CAPÍTULO CUARTO - LA HUELGA. CONCEPTOS, SUJETOS EXCLUIDOS Y FINALIDAD
  • I. Trabajo y huelga, pág. 117
  • II. Definiciones, pág. 119
  • A. Definiciones legales, pág. 119
  • B. Falta de definiciones legales, pág. 120
  • C. Definiciones doctrinarias, pág. 121
  • III. Naturaleza jurídica, pág. 124
  • IV. Principios sobre el derecho de huelga, pág. 126
  • V. Los sujetos que pueden ser excluidos, pág. 129
  • A. Reglas y excepciones, pág. 129
  • B. Fuerzas de seguridad, pág. 130
  • 1. Marco normativo, pág. 130
  • 2. Valoraciones, pág. 132
  • 3. Hacia una ampliación de derechos colectivos, pág. 132
  • 4. El cierre del debate por la CSJN sobre el reconocimiento sindical ("Sindicato Policial"), pág. 133
  • C. Funcionarios públicos, pág. 135
  • 1. Funcionarios que ejercen autoridad en nombre del Estado, pág. 135
  • 2. Empleados públicos, pág. 137
  • 3. El Poder Judicial, pág. 139
  • VI. Finalidad de la huelga, pág. 142
  • A. Objetivos, pág. 142
  • B. Huelgas económico-sociales y políticas, pág. 143
  • C. La huelga de solidaridad, simpatía y secundaria, pág. 146
  • 1. Concepto y notas comparadas, pág. 146
  • 2. Valoración, pág. 148
  • CAPÍTULO QUINTO - LA TITULARIDAD DE LA HUELGA Y EL FALLO "ORELLANO" DE LA CORTE SUPREMA
  • I. El planteo del tema, pág. 151
  • II. Doctrina comparada, pág. 153
  • A. Italia, pág. 153
  • B. España, pág. 154
  • C. Francia, pág. 155
  • D. Alemania, pág. 155
  • E. México, pág. 155
  • F. Brasil, pág. 156
  • G. Uruguay, pág. 156
  • III. El sistema de fuentes sobre la huelga, pág. 157
  • A. El artículo 14 bis de la Constitución Nacional, pág. 157
  • B. Fuentes supranacionales, pág. 159
  • C. Leyes de asociaciones sindicales, pág. 161
  • D. Procedimientos de composición de conflictos, pág. 161
  • E. La ley 25.877, pág. 162
  • F. Jurisprudencia, pág. 162
  • 1. Titularidad de la huelga, pág. 162
  • 2. La doctrina de la CSJN sobre discriminación y la titularidad de la huelga, pág. 166
  • 3. Efectos, pág. 168
  • IV. Algunas hipótesis de huelgas inorgánicas, pág. 169
  • V. El leading case "Orellano", pág. 170
  • A. Antecedentes, pág. 170
  • B. Las posturas en la audiencia pública, pág. 172
  • C. La estructura y conclusión del fallo, pág. 173
  • D. El debate, pág. 175
  • E. La reescritura del artículo 14 bis, pág. 177
  • F. Alcances concretos del fallo, pág. 178
  • CAPÍTULO SEXTO - MEDIDAS DE ACCIÓN DIRECTA PARAHUELGUÍSTICAS
  • I. De la huelga fuerza a la "huelga" mediática, pág. 183
  • II. Medidas de simple presión, preparatorias, complementarias o sustitutivas de la huelga, pág. 185
  • A. Estado de alerta, pág. 185
  • B. Intimación, emplazamiento o preaviso, pág. 186
  • C. Movilización, pág. 186
  • 1. Acto público dentro o fuera del ámbito de trabajo, pág. 187
  • 2. Expresiones públicas, pág. 188
  • a) Trabajo a "tristeza", pág. 188
  • b) Expresión de repudio o "escrache", pág. 189
  • c) Pedidos de adhesión, pág. 189
  • d) Propaganda, pág. 189
  • 3. Gestiones ante poderes públicos y pedidos de mediación, pág. 190
  • D. El boicot contemporáneo, pág. 190
  • E. Otras medidas de acción sindical que no constituyen huelga, pág. 193
  • III. Acciones en conflicto que alteran la prestación laboral sin ejercicio de la huelga, pág. 194
  • A. Trabajo a reglamento, pág. 194
  • B. Quite de colaboración, pág. 195
  • C. Las asambleas en lugares de trabajo, pág. 197
  • 1. Fricciones, pág. 197
  • 2. Derecho Comparado, pág. 198
  • a) Italia, pág. 198
  • b) España, pág. 198
  • 3. Derecho y reglamentación, pág. 199
  • 4. Institución útil y necesaria, pág. 201
  • 5. Garantías de participación de representantes (Convenio Nº 135 de la OIT), pág. 202
  • 6. Precedentes del CLS sobre limitaciones de asambleas en Argentina, pág. 203
  • 7. Inconstitucionalidad de establecer limitaciones arbitrarias y excesivas, pág. 205
  • 8. Su debido tratamiento, pág. 206
  • D. Acciones legales e inspecciones laborales, pág. 207
  • IV. Acciones y excepciones laborales y civiles colectivas, pág. 208
  • A. Acción civil frente al abuso del derecho, pág. 208
  • B. Acción preventiva del deber de seguridad (art. 75, LCT), pág. 208
  • C. Excepción de incumplimiento de obligaciones laborales (arts. 1031 y 1032, CCC), pág. 209
  • 1. Alcances de la institución, pág. 209
  • 2. Acciones colectivas específicas, pág. 213
  • a) Denuncia de convenio colectivo por incumplimiento de convenio colectivo de trabajo, pág. 213
  • b) Excepción colectiva de incumplimiento contractual o "retención de tareas" legítimas, pág. 214
  • D. Acción preventiva de daños (arts. 1701 y concs., CCC), pág. 219
  • 1. La institución civil, pág. 219
  • 2. Aplicación laboral colectiva, pág. 222
  • CAPÍTULO SÉPTIMO - LA PRÁCTICA DE LA HUELGA
  • I. Fuentes esenciales de las modalidades de la huelga, pág. 225
  • A. El "paro", pág. 226
  • B. Modalidades, pág. 228
  • 1. Por turno, pág. 228
  • 2. Sorpresivos, pág. 228
  • 3. Rotativos, articulados o alternados, pág. 228
  • 4. Disminución del ritmo de producción, huelga de "trabajo lento" y "trabajo a desgano", pág. 229
  • C. Medidas adicionales y obstruccionismo, pág. 231
  • D. Huelga con permanencia en lugares de trabajo, pág. 232
  • E. Piquetes y bloqueos, pág. 234
  • 1. Como acción social y gremial, pág. 234
  • 2. El "Protocolo para fuerzas de seguridad", pág. 237
  • 3. Tratamiento contravencional, pág. 240
  • 4. Tratamiento penal, pág. 243
  • F. Descentralización productiva y nuevas tecnologías y nuevas modalidades y actores en la huelga, pág. 245
  • 1. Huelgas y bloqueos en red, pág. 245
  • 2. La triangulación del conflicto, pág. 247
  • G. Ocupación de establecimientos, pág. 248
  • 1. Antecedentes, pág. 248
  • 2. Definiciones, pág. 249
  • 3. Interpretación de conductas, pág. 250
  • 4. Los objetivos gremiales de la ocupación de establecimientos, pág. 251
  • a) Extremar el ejercicio de la fuerza, pág. 251
  • b) Otorgar impacto público al conflicto o mediatizar la fuerza, pág. 252
  • c) Abreviar los tiempos de la controversia, pág. 252
  • d) Incidir en forma directa sobre la producción, pág. 252
  • e) Evitar la sustitución de huelguistas, pág. 252
  • f) "Estado de necesidad" y "legítima defensa", pág. 253
  • 5. Despido de ocupantes, pág. 253
  • 6. Postura de la OIT, pág. 259
  • 7. La doctrina de la CSJN, pág. 260
  • 8. Establecimientos en concurso y quiebra y las empresas "recuperadas", pág. 262
  • 9. Ocupación de establecimientos y jus resitentiæ, pág. 264
  • 10. Aspectos penales, pág. 266
  • a) Usurpación, pág. 266
  • b) Violación de domicilio, pág. 271
  • c) Intimidación, pág. 272
  • CAPÍTULO OCTAVO - NUEVAS TECNOLOGÍAS INFORMATIZADAS Y DERECHOS COLECTIVOS: CIBERHUELGA Y CIBER "LOCK-OUT"
  • I. El daño cibernético, pág. 273
  • II. La transformación tecnológica, estructural y espacial de la empresa, pág. 274
  • III. Campaña electrónica como medio de acción sindical, pág. 275
  • IV. Ciberactivismo, huelga, boicot y hackeo, pág. 277
  • V. Individualización de la huelga (el caso del teletrabajo), pág. 280
  • VI. Dispositivos móviles y celulares en el lugar de trabajo como herramientas de acción sindical, pág. 280
  • VII. Sistemas audiovisuales e informáticos como medios de acción antisindical, pág. 281
  • VIII. Conclusión, pág. 282
  • CAPÍTULO NOVENO - LAS ACCIONES DIRECTAS DE LOS EMPLEADORES
  • I. Los sujetos, pág. 285
  • A. Los empleadores como sector, pág. 285
  • B. El Estado como empleador, pág. 287
  • II. El interés colectivo empresario, pág. 289
  • III. Fuentes, pág. 290
  • A. Supranacionales, pág. 290
  • B. Derecho Comparado, pág. 292
  • C. Derecho Constitucional, pág. 293
  • IV. Las medidas de acción directa, pág. 294
  • A. Cierre patronal (lock-out), pág. 294
  • 1. Concepto, pág. 294
  • 2. Lock-out ofensivo, pág. 295
  • a) Tradicional, pág. 295
  • b) Actual: tercerizaciones, subcontratación, partición, fragmentación y relocalización de actividades, desaparición de empresas, infracapitalización, etcétera, pág. 296
  • 3. Lock-out defensivo, pág. 297
  • B. Medidas de acción directa normales: despidos, suspensiones y cambios de condiciones de trabajo, pág. 299
  • C. Medidas de acción indirectas o encubiertas, pág. 300
  • D. Sustitución de huelguistas, pág. 301
  • E. Listas negras, pág. 302
  • F. Premios e incentivos antihuelgas, pág. 303
  • G. El recurso de las acciones judiciales, pág. 304
  • 1. Acciones de amparo y cautelares, pág. 304
  • 2. Denuncias penales y criminalización de la protesta, pág. 305
  • 3. Acciones de responsabilidad civil, pág. 306
  • H. Otras formas de acción directa empresarias, pág. 306
  • CAPÍTULO DÉCIMO - EFECTOS DE LAS MEDIDAS DE ACCIÓN DIRECTA
  • I. Huelga y contrato individual de trabajo, pág. 309
  • II. Actos discriminatorios por el ejercicio de la huelga, pág. 310
  • A. Conceptos generales, pág. 310
  • B. Derecho Comparado, pág. 311
  • C. Doctrina de la OIT, pág. 313
  • D. Actos discriminatorios por razones gremiales y de conflicto, pág. 314
  • 1. Doctrina de la CSJN, pág. 314
  • a) Dirigente de entidades simplemente inscriptas: "Álvarez, Maximiliano c/Cencosud" (7-12-2010), pág. 315
  • b) Activistas sindicales: "Arecco, Maximiliano c/Praxair Argentina" (23-6-2011); "Parra Vera, Máxima c/San Timoteo SA" (23-8-2011); "Cejas, Adrián E. c/FATE SA" (26-3-2013, RC J 6124/13), pág. 316
  • c) Actividad gremial: "Ledesma, Florencio c/Citrus Batalla SA" (9-9-2014, RC J 7164/14), pág. 317
  • d) Representación de delegado sindical: "Fate SA c/Ottoboni, Víctor Octavio" (20-8-2015, RC J 5800/15), pág. 317
  • e) Titularidad de la declaración de la huelga y discriminación: "Orellano, Francisco Daniel c/Correo Oficial de la República Argentina SA s/Juicio sumarísimo" (7-6-2016, RC J 3018/16), pág. 318
  • f) Actividad reclamacional y sindical de hecho: "Varela, José G. c/Disco SA" (4-9-2018, RC J 5634/18), pág. 318
  • 2. Jurisprudencia relativa a discriminación vinculada con reclamos y conflictos colectivos, pág. 319
  • E. Puntos debatidos, pág. 322
  • 1. La existencia de actividad sindical relevante, pág. 322
  • 2. Carga de la prueba, pág. 323
  • 3. Readmisión o compensación indemnizatoria, pág. 328
  • III. El despido con motivo de la huelga, pág. 331
  • A. Derecho Comparado, pág. 331
  • B. Reglas generales, pág. 332
  • C. La intimación y calificación previa, pág. 336
  • IV. La pérdida salarial (suspensiones y descuentos), pág. 338
  • A. Principio aplicable, pág. 338
  • B. Responsabilidad del empleador por las consecuencias de la huelga, pág. 343
  • C. Conflictos por pérdidas salariales inflacionarias o huelgas defensivas, pág. 346
  • D. Según modalidad, pág. 347
  • E. Huelgas reivindicativas o innovativas, pág. 348
  • F. Criterios de la OIT, pág. 349
  • V. Judicialización y criminalización del derecho de huelga, pág. 350
  • A. Acciones civiles por daños y perjuicios con motivo de la huelga, pág. 350
  • 1. Derecho Comparado, pág. 350
  • 2. En el Derecho nacional, pág. 351
  • B. La figura penal específica (art. 158, Cód. Pen.), pág. 356
  • C. Otras figuras penales, pág. 358
  • D. Pronunciamientos del CLS y la CEACR, pág. 360
  • VI. Medios de reconocimiento y defensa del derecho de huelga, pág. 361
  • CAPÍTULO DECIMOPRIMERO - SISTEMAS DE PREVENCIÓN Y COMPOSICIÓN DE CONFLICTOS COLECTIVOS
  • I. Sistemas de prevención de conflictos, pág. 365
  • II. Procedimientos de solución de conflictos colectivos, pág. 367
  • A. Sistemas autónomos, pág. 367
  • B. Sistemas heterónomos, pág. 371
  • 1. Judicial, pág. 371
  • 2. La conciliación y mediación, pág. 371
  • 3. El arbitraje, pág. 372
  • III. Sistemas estatales de composición de conflictos colectivos, pág. 372
  • A. El Servicio de Mediación, Conciliación y Arbitraje, pág. 372
  • B. Autonomía colectiva y poder de policía estatal, pág. 373
  • C. Los procesos administrativos y el derecho de huelga, pág. 375
  • D. Condiciones procesales del ejercicio del derecho de huelga según la OIT, pág. 376
  • E. La obligatoriedad de la actuación de un órgano independiente, pág. 377
  • F. Principios del procedimiento administrativo en conflictos colectivos, pág. 379
  • 1. Simplicidad, pág. 379
  • 2. Celeridad, pág. 379
  • 3. Razonabilidad, pág. 380
  • 4. Impulso procesal de oficio, pág. 380
  • G. Obligación de negociar de buena fe, pág. 380
  • H. Competencias de las administraciones nacional y provinciales, pág. 381
  • I. Las condiciones necesarias del órgano conciliatorio, pág. 385
  • 1. Profesionalidad y versación en materia de conflictos colectivos, pág. 385
  • 2. Imparcialidad y confiabilidad, pág. 385
  • 3. Ascendencia moral, pág. 386
  • 4. Infraestructura y medios apropiados, pág. 386
  • CAPÍTULO DECIMOSEGUNDO - PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO
  • I. Los conflictos procesables colectivamente, pág. 387
  • A. Conflictos de derecho y de intereses, pág. 387
  • B. Categorías imprecisas y mixtas, pág. 389
  • C. Los conflictos de encuadramiento sindical y convencional, pág. 389
  • II. Conciliación laboral, pág. 390
  • A. Carácter obligatorio, pág. 390
  • B. La resolución conciliatoria, pág. 392
  • C. Conciliación obligatoria judicial, pág. 393
  • D. Proceso conciliatorio, pág. 394
  • 1. Comparendos, pág. 394
  • 2. Partes, pág. 395
  • a) Parte empresaria, pág. 395
  • b) Parte obrera, pág. 396
  • c) Práctica, pág. 397
  • 3. Audiencias, pág. 397
  • 4. Avenimiento, pág. 398
  • 5. Formulación de propuestas e investigación, pág. 398
  • 6. Plazo de conciliación, pág. 399
  • 7. Libertad de acción, pág. 400
  • 8. Ofrecimiento y rechazo del arbitraje, pág. 400
  • III. Arbitraje, pág. 401
  • A. Arbitraje voluntario, pág. 401
  • 1. Concepto, pág. 401
  • 2. Compromiso arbitral, pág. 402
  • 3. La sentencia o laudo arbitral, pág. 403
  • 4. Efectos del laudo, pág. 404
  • B. Arbitraje obligatorio, pág. 406
  • IV. Prohibición de medidas de acción directa sin agotamiento del proceso conciliatorio, pág. 408
  • A. Presupuestos de la imposibilidad de actuar colectivamente, pág. 408
  • B. Intimación, pág. 409
  • V. Medidas de acción directa, pág. 410
  • A. Medidas de acción directa patronales, pág. 411
  • B. Medidas de acción directa obreras, pág. 411
  • VI. Medida de retrotraer el conflicto, pág. 412
  • A. Concepto, pág. 412
  • B. Momento y forma del retroceso, pág. 414
  • C. Naturaleza jurídica y efectos de la medida de retrotraer, pág. 415
  • 1. Efecto suspensivo, pág. 416
  • 2. Difiere los actos, pág. 416
  • 3. Efecto anulatorio, pág. 416
  • VII. La ilegalidad de las medidas de acción directa, pág. 417
  • A. Antecedentes, pág. 417
  • B. La declaración de ilegalidad, pág. 418
  • C. Calificación judicial, pág. 422
  • D. Derecho Comparado, pág. 429
  • E. La declaración de ilegalidad de la huelga según la OIT, pág. 429
  • VIII. Sanciones por incumplimientos en el proceso conciliatorio, pág. 431
  • A. Sanciones administrativas, pág. 431
  • 1. Infracción leve, pág. 431
  • 2. Infracción grave, pág. 432
  • 3. Infracción muy grave, pág. 432
  • B. Responsabilidad asociacional, pág. 433
  • C. Responsabilidad penal, pág. 436
  • IX. Balance sobre prevención y composición de conflictos colectivos, pág. 436
  • CAPÍTULO DECIMOTERCERO - LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE CRISIS
  • I. Crisis y Derecho del Trabajo, pág. 439
  • II. De proletarios a propietarios de crisis, pág. 440
  • III. De la individualización a la sistematización y socialización de la crisis, pág. 442
  • IV. Los procedimientos de crisis, pág. 445
  • A. Los modelos laborales comparados y el subsistema procesal de crisis, pág. 445
  • B. División de competencias entre el poder federal y las provincias. Resolución 101 del MTESS de 2020, pág. 447
  • C. El decreto 328/88, pág. 448
  • 1. Supuestos de aplicación, pág. 448
  • 2. Trámite, pág. 449
  • D. Procedimiento preventivo de crisis de la Ley Nacional de Empleo, pág. 451
  • 1. Supuestos de aplicación, pág. 451
  • 2. Procedimiento, pág. 451
  • 3. Demanda de PPC, pág. 452
  • a) Admisibilidad, pág. 452
  • b) Empresa de más de 50 trabajadores, pág. 453
  • 4. Denuncia de la entidad sindical, pág. 453
  • 5. Trámite y efectos, pág. 454
  • 6. La estabilización ope legis, pág. 456
  • 7. Conclusión del PPC, pág. 459
  • 8. CCT o acuerdo de crisis, pág. 459
  • 9. Revisión judicial del CCT de crisis, pág. 461
  • CAPÍTULO DECIMOCUARTO - CONFLICTOS COLECTIVOS EN SERVICIOS ESENCIALES
  • I. Las medidas de acción directa en servicios esenciales, pág. 465
  • II. Pautas generales del ejercicio de la acción directa en servicios esenciales, pág. 467
  • III. Conceptos de servicios esenciales, pág. 469
  • A. En sentido estricto, pág. 469
  • B. Casos motivo de controversias no incluidos, pág. 471
  • C. Inclusiones excepcionales, pág. 472
  • D. Inclusión de oficio, pág. 476
  • IV. El procedimiento especial, pág. 478
  • V. Régimen sancionatorio, pág. 479
  • A. Sanciones colectivas, pág. 479
  • B. Responsabilidad individual, pág. 480
  • VI. Comisión de Garantías Nacional, pág. 482
  • A. Constitución y funcionamiento, pág. 482
  • B. Facultades, pág. 485
  • VII. Doctrina de la Comisión de Garantías Nacional, pág. 487
  • A. Dictámenes emitidos, pág. 487
  • B. Salud, pág. 489
  • C. Aplicación extensiva del criterio de servicios esenciales (técnicos aeronáuticos), pág. 493
  • D. Justicia, pág. 494
  • VIII. Competencia en materia de huelga en servicios esenciales, pág. 496
  • IX. Comisiones de Garantías provinciales, pág. 498
  • A. Mendoza, pág. 498
  • B. Córdoba, pág. 499
  • CAPÍTULO DECIMOQUINTO
  • CONCLUSIONES, pág. 501
  • ANEXO LEGISLATIVO
  • CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN CONFLICTOS DEL TRABAJO
  • Ley 14.786, pág. 509
  • PROCEDIMIENTOS DE CRISIS
  • Decreto 328/88, pág. 513
  • Ley Nacional de Empleo 24.013, pág. 514
  • Reglamentación de los procesos de crisis de empresas. Decreto 265/2002, pág. 516
  • Procedimiento preventivo de crisis de empresas en empresas de más de 50 trabajadores. Decreto 2072/94, pág. 519
  • CONFLICTOS COLECTIVOS EN SERVICIOS ESENCIALES
  • Reforma laboral. Ley 25.877, pág. 521
  • Reglamentación de conflictos en servicios esenciales. Decreto 272/2006, pág. 522
  • Bibliografía, pág. 527

Derecho de los conflictos colectivos de trabajo - 2° Edición ampliada y actualizada. AUTOR: Arese, Cesar

Derecho de los conflictos colectivos de trabajo - 2° Edición ampliada y actualizada. AUTOR: Arese, Cesar
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Derecho de los conflictos colectivos de trabajo - 2° Edición ampliada y actualizada. AUTOR: Arese, Cesar 560 páginas. 2da edición julio 2020

El derecho humano de libertad sindical. Trabajadores precarios y de economía popular: sindicalización, negociación y conflictos. Teoría general de los conflictos colectivos de trabajo. La huelga. Sujetos excluidos y finalidad. La titularidad de la huelga y el fallo "Orellano" de la Corte Suprema. Medidas de acción directa parahuelguísticas. De la huelga fuerza a la "huelga" mediática. La práctica de la huelga. Fuentes esenciales de las modalidades de la huelga. Nuevas tecnologías informatizadas y derechos colectivos: ciberhuelga y ciber "lock-out". El daño cibernético. La transformación tecnológica, estructural y espacial de la empresa. Campaña electrónica como medio de acción sindical. Ciberactivismo, huelga, boicot y hackeo. Individualización de la huelga (el caso del teletrabajo). Dispositivos móviles y celulares en el lugar de trabajo como herramientas de acción sindical. Sistemas audiovisuales e informáticos como medios de acción antisindical. Las acciones directas de los empleadores. Los sujetos. El interés colectivo empresario. Fuentes. Las medidas de acción directa. Efectos de las medidas de acción directa. Huelga y contrato individual de trabajo. Actos discriminatorios por el ejercicio de la huelga. El despido con motivo de la huelga. La pérdida salarial. Judicialización, criminalización, medios de reconocimiento y defensa del derecho de huelga. Sistemas de prevención y composición de conflictos colectivos. Procedimiento de conciliación y arbitraje en conflictos colectivos de trabajo. Los conflictos colectivos de crisis. Conflictos colectivos en servicios esenciales. Las medidas de acción directa en servicios esenciales. Anexo legislativo.

 
  • Índice general, pág. 7
  • Abreviaturas, pág. 9
  • La necesidad de una nueva edición, pág. 15
  • CAPÍTULO PRIMERO - EL DERECHO HUMANO DE LIBERTAD SINDICAL, pág. 17
  • I. La libertad sindical como derecho humano laboral. Conceptos y alcances, pág. 18
  • II. El carácter liminar del derecho fundamental de libertad sindical, pág. 23
  • III. Consolidación en declaraciones y tratados sobre derechos humanos, pág. 25
  • IV. Aceptación mundial de la libertad sindical, pág. 27
  • V. Organización Internacional del Trabajo, pág. 28
  • A. El sistema normativo, pág. 28
  • B. La huelga como derecho fundamental cuestionada en la OIT, pág. 31
  • 1. Cuestionamientos a la CEACR y al derecho de huelga, pág. 31
  • 2. Respuesta de los trabajadores, pág. 32
  • 3. Statu quo, pág. 33
  • VI. Sistema Interamericano de Derechos Humanos, pág. 34
  • A. Normas esenciales, pág. 34
  • B. Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pág. 35
  • 1. Caso "Baena, Ricardo y otros vs. Panamá", 2001, pág. 35
  • 2. Caso "Huilca Tecse vs. Perú", 2005, pág. 36
  • 3. Caso "Cantoral Huamaní y García Santa Cruz vs. Perú", 2007, pág. 36
  • 4. Caso "García y familiares vs. Guatemala", 2012, pág. 37
  • 5. Caso "Lagos del Campo vs. Perú", 2017, pág. 37
  • 6. Caso "Trabajadores Cesanteados de Petroperú", 2017, pág. 38
  • C. Opinión Consultiva Nº 22 de 2016 sobre titularidad de derechos humanos, pág. 39
  • VII. Otros sistemas, pág. 41
  • VIII. Constitucionalización de la libertad sindical, el derecho de huelga y el lock-out, pág. 42
  • A. Nivel mundial, pág. 42
  • B. Nivel regional americano, pág. 44
  • 1. Reconocimiento según legislación reglamentaria, pág. 44
  • 2. El establecimiento de excepciones para el personal de fuerzas de seguridad y otros sectores laborales, pág. 46
  • 3. Reconocimiento y titulares de derechos de acción colectiva, pág. 47
  • IX. El carácter fundamental de un principio fundamental, pág. 50
  • X. La libertad sindical como principio, pág. 51
  • XI. La libertad sindical como principio protectorio, pág. 53
  • CAPÍTULO SEGUNDO - TRABAJADORES PRECARIOS Y DE ECONOMÍA POPULAR: SINDICALIZACIÓN, NEGOCIACIÓN Y CONFLICTOS
  • I. El derecho al trabajo sin distinciones, pág. 55
  • II. El derecho del trabajo de los trabajadores por cuenta propia, pág. 59
  • III. El paso de la economía informal a la economía formal, pág. 60
  • IV. Los derechos humanos laborales de trabajadores autónomos y de economía popular, pág. 62
  • V. La sindicalización y convencionalización sin nexo dependiente, pág. 63
  • VI. De las nuevas contradicciones, pág. 67
  • A. Precarización como una faceta de la flexibilización laboral, pág. 67
  • B. ¿Las conquistas sindicales como piezas de museo?, pág. 68
  • C. Sustitución de las contradicciones de intereses sociales, pág. 70
  • VII. La personería social como nueva forma de sindicalización, pág. 70
  • VIII. Institucionalización legal a nivel confederal, pág. 72
  • IX. Accionar colectivo, pág. 74
  • X. Conclusión, pág. 75
  • CAPÍTULO TERCERO - TEORÍA GENERAL DE LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO
  • I. Introducción sobre el radio de estudio, pág. 77
  • II. El Derecho de los Conflictos Colectivos, pág. 79
  • III. Características del Derecho de los Conflictos Colectivos, pág. 81
  • A. Derecho sintomático y expresivo, pág. 81
  • B. Derecho legislante, pág. 82
  • C. Derecho atípico dentro de un Derecho atípico, pág. 83
  • IV. Interés colectivo profesional, pág. 85
  • V. Clasificaciones, pág. 88
  • A. Conflictos individuales y colectivos, pág. 88
  • B. Conflictos colectivos según su contenido, pág. 90
  • 1. De intereses, pág. 90
  • 2. De derecho, pág. 91
  • 3. Conflictos mixtos o transitivos, pág. 92
  • C. Según sus protagonistas, pág. 92
  • 1. Conflicto obrero-patronal, pág. 92
  • 2. Conflictos sindicales, pág. 92
  • a) Intrasindicales, pág. 92
  • b) Intersindicales, pág. 95
  • 1) Encuadramiento sindical, pág. 95
  • 2) Encuadramiento convencional, pág. 96
  • D. Según la sustancia de los derechos laborales en cuestión, pág. 98
  • 1. Conflictos defensivos y reivindicativos, pág. 98
  • 2. Progresivos u ofensivos, pág. 98
  • 3. Conflictos novativos, pág. 99
  • VI. Sinopsis de modelos comparados, pág. 99
  • A. Alemania, pág. 99
  • B. España, pág. 101
  • C. Italia, pág. 102
  • D. Francia, pág. 103
  • E. Brasil, pág. 103
  • F. Uruguay, pág. 105
  • G. Chile, pág. 106
  • H. Estados Unidos, pág. 108
  • VII. Síntesis evolutiva nacional, pág. 109
  • VIII. Síntesis normativa nacional, pág. 112
  • A. El derecho constitucional de huelga, pág. 112
  • B. Reglamentación de los procesos en conflictos colectivos, pág. 115
  • 1. Evolución, pág. 115
  • 2. Procesalización del conflicto colectivo, pág. 116
  • CAPÍTULO CUARTO - LA HUELGA. CONCEPTOS, SUJETOS EXCLUIDOS Y FINALIDAD
  • I. Trabajo y huelga, pág. 117
  • II. Definiciones, pág. 119
  • A. Definiciones legales, pág. 119
  • B. Falta de definiciones legales, pág. 120
  • C. Definiciones doctrinarias, pág. 121
  • III. Naturaleza jurídica, pág. 124
  • IV. Principios sobre el derecho de huelga, pág. 126
  • V. Los sujetos que pueden ser excluidos, pág. 129
  • A. Reglas y excepciones, pág. 129
  • B. Fuerzas de seguridad, pág. 130
  • 1. Marco normativo, pág. 130
  • 2. Valoraciones, pág. 132
  • 3. Hacia una ampliación de derechos colectivos, pág. 132
  • 4. El cierre del debate por la CSJN sobre el reconocimiento sindical ("Sindicato Policial"), pág. 133
  • C. Funcionarios públicos, pág. 135
  • 1. Funcionarios que ejercen autoridad en nombre del Estado, pág. 135
  • 2. Empleados públicos, pág. 137
  • 3. El Poder Judicial, pág. 139
  • VI. Finalidad de la huelga, pág. 142
  • A. Objetivos, pág. 142
  • B. Huelgas económico-sociales y políticas, pág. 143
  • C. La huelga de solidaridad, simpatía y secundaria, pág. 146
  • 1. Concepto y notas comparadas, pág. 146
  • 2. Valoración, pág. 148
  • CAPÍTULO QUINTO - LA TITULARIDAD DE LA HUELGA Y EL FALLO "ORELLANO" DE LA CORTE SUPREMA
  • I. El planteo del tema, pág. 151
  • II. Doctrina comparada, pág. 153
  • A. Italia, pág. 153
  • B. España, pág. 154
  • C. Francia, pág. 155
  • D. Alemania, pág. 155
  • E. México, pág. 155
  • F. Brasil, pág. 156
  • G. Uruguay, pág. 156
  • III. El sistema de fuentes sobre la huelga, pág. 157
  • A. El artículo 14 bis de la Constitución Nacional, pág. 157
  • B. Fuentes supranacionales, pág. 159
  • C. Leyes de asociaciones sindicales, pág. 161
  • D. Procedimientos de composición de conflictos, pág. 161
  • E. La ley 25.877, pág. 162
  • F. Jurisprudencia, pág. 162
  • 1. Titularidad de la huelga, pág. 162
  • 2. La doctrina de la CSJN sobre discriminación y la titularidad de la huelga, pág. 166
  • 3. Efectos, pág. 168
  • IV. Algunas hipótesis de huelgas inorgánicas, pág. 169
  • V. El leading case "Orellano", pág. 170
  • A. Antecedentes, pág. 170
  • B. Las posturas en la audiencia pública, pág. 172
  • C. La estructura y conclusión del fallo, pág. 173
  • D. El debate, pág. 175
  • E. La reescritura del artículo 14 bis, pág. 177
  • F. Alcances concretos del fallo, pág. 178
  • CAPÍTULO SEXTO - MEDIDAS DE ACCIÓN DIRECTA PARAHUELGUÍSTICAS
  • I. De la huelga fuerza a la "huelga" mediática, pág. 183
  • II. Medidas de simple presión, preparatorias, complementarias o sustitutivas de la huelga, pág. 185
  • A. Estado de alerta, pág. 185
  • B. Intimación, emplazamiento o preaviso, pág. 186
  • C. Movilización, pág. 186
  • 1. Acto público dentro o fuera del ámbito de trabajo, pág. 187
  • 2. Expresiones públicas, pág. 188
  • a) Trabajo a "tristeza", pág. 188
  • b) Expresión de repudio o "escrache", pág. 189
  • c) Pedidos de adhesión, pág. 189
  • d) Propaganda, pág. 189
  • 3. Gestiones ante poderes públicos y pedidos de mediación, pág. 190
  • D. El boicot contemporáneo, pág. 190
  • E. Otras medidas de acción sindical que no constituyen huelga, pág. 193
  • III. Acciones en conflicto que alteran la prestación laboral sin ejercicio de la huelga, pág. 194
  • A. Trabajo a reglamento, pág. 194
  • B. Quite de colaboración, pág. 195
  • C. Las asambleas en lugares de trabajo, pág. 197
  • 1. Fricciones, pág. 197
  • 2. Derecho Comparado, pág. 198
  • a) Italia, pág. 198
  • b) España, pág. 198
  • 3. Derecho y reglamentación, pág. 199
  • 4. Institución útil y necesaria, pág. 201
  • 5. Garantías de participación de representantes (Convenio Nº 135 de la OIT), pág. 202
  • 6. Precedentes del CLS sobre limitaciones de asambleas en Argentina, pág. 203
  • 7. Inconstitucionalidad de establecer limitaciones arbitrarias y excesivas, pág. 205
  • 8. Su debido tratamiento, pág. 206
  • D. Acciones legales e inspecciones laborales, pág. 207
  • IV. Acciones y excepciones laborales y civiles colectivas, pág. 208
  • A. Acción civil frente al abuso del derecho, pág. 208
  • B. Acción preventiva del deber de seguridad (art. 75, LCT), pág. 208
  • C. Excepción de incumplimiento de obligaciones laborales (arts. 1031 y 1032, CCC), pág. 209
  • 1. Alcances de la institución, pág. 209
  • 2. Acciones colectivas específicas, pág. 213
  • a) Denuncia de convenio colectivo por incumplimiento de convenio colectivo de trabajo, pág. 213
  • b) Excepción colectiva de incumplimiento contractual o "retención de tareas" legítimas, pág. 214
  • D. Acción preventiva de daños (arts. 1701 y concs., CCC), pág. 219
  • 1. La institución civil, pág. 219
  • 2. Aplicación laboral colectiva, pág. 222
  • CAPÍTULO SÉPTIMO - LA PRÁCTICA DE LA HUELGA
  • I. Fuentes esenciales de las modalidades de la huelga, pág. 225
  • A. El "paro", pág. 226
  • B. Modalidades, pág. 228
  • 1. Por turno, pág. 228
  • 2. Sorpresivos, pág. 228
  • 3. Rotativos, articulados o alternados, pág. 228
  • 4. Disminución del ritmo de producción, huelga de "trabajo lento" y "trabajo a desgano", pág. 229
  • C. Medidas adicionales y obstruccionismo, pág. 231
  • D. Huelga con permanencia en lugares de trabajo, pág. 232
  • E. Piquetes y bloqueos, pág. 234
  • 1. Como acción social y gremial, pág. 234
  • 2. El "Protocolo para fuerzas de seguridad", pág. 237
  • 3. Tratamiento contravencional, pág. 240
  • 4. Tratamiento penal, pág. 243
  • F. Descentralización productiva y nuevas tecnologías y nuevas modalidades y actores en la huelga, pág. 245
  • 1. Huelgas y bloqueos en red, pág. 245
  • 2. La triangulación del conflicto, pág. 247
  • G. Ocupación de establecimientos, pág. 248
  • 1. Antecedentes, pág. 248
  • 2. Definiciones, pág. 249
  • 3. Interpretación de conductas, pág. 250
  • 4. Los objetivos gremiales de la ocupación de establecimientos, pág. 251
  • a) Extremar el ejercicio de la fuerza, pág. 251
  • b) Otorgar impacto público al conflicto o mediatizar la fuerza, pág. 252
  • c) Abreviar los tiempos de la controversia, pág. 252
  • d) Incidir en forma directa sobre la producción, pág. 252
  • e) Evitar la sustitución de huelguistas, pág. 252
  • f) "Estado de necesidad" y "legítima defensa", pág. 253
  • 5. Despido de ocupantes, pág. 253
  • 6. Postura de la OIT, pág. 259
  • 7. La doctrina de la CSJN, pág. 260
  • 8. Establecimientos en concurso y quiebra y las empresas "recuperadas", pág. 262
  • 9. Ocupación de establecimientos y jus resitentiæ, pág. 264
  • 10. Aspectos penales, pág. 266
  • a) Usurpación, pág. 266
  • b) Violación de domicilio, pág. 271
  • c) Intimidación, pág. 272
  • CAPÍTULO OCTAVO - NUEVAS TECNOLOGÍAS INFORMATIZADAS Y DERECHOS COLECTIVOS: CIBERHUELGA Y CIBER "LOCK-OUT"
  • I. El daño cibernético, pág. 273
  • II. La transformación tecnológica, estructural y espacial de la empresa, pág. 274
  • III. Campaña electrónica como medio de acción sindical, pág. 275
  • IV. Ciberactivismo, huelga, boicot y hackeo, pág. 277
  • V. Individualización de la huelga (el caso del teletrabajo), pág. 280
  • VI. Dispositivos móviles y celulares en el lugar de trabajo como herramientas de acción sindical, pág. 280
  • VII. Sistemas audiovisuales e informáticos como medios de acción antisindical, pág. 281
  • VIII. Conclusión, pág. 282
  • CAPÍTULO NOVENO - LAS ACCIONES DIRECTAS DE LOS EMPLEADORES
  • I. Los sujetos, pág. 285
  • A. Los empleadores como sector, pág. 285
  • B. El Estado como empleador, pág. 287
  • II. El interés colectivo empresario, pág. 289
  • III. Fuentes, pág. 290
  • A. Supranacionales, pág. 290
  • B. Derecho Comparado, pág. 292
  • C. Derecho Constitucional, pág. 293
  • IV. Las medidas de acción directa, pág. 294
  • A. Cierre patronal (lock-out), pág. 294
  • 1. Concepto, pág. 294
  • 2. Lock-out ofensivo, pág. 295
  • a) Tradicional, pág. 295
  • b) Actual: tercerizaciones, subcontratación, partición, fragmentación y relocalización de actividades, desaparición de empresas, infracapitalización, etcétera, pág. 296
  • 3. Lock-out defensivo, pág. 297
  • B. Medidas de acción directa normales: despidos, suspensiones y cambios de condiciones de trabajo, pág. 299
  • C. Medidas de acción indirectas o encubiertas, pág. 300
  • D. Sustitución de huelguistas, pág. 301
  • E. Listas negras, pág. 302
  • F. Premios e incentivos antihuelgas, pág. 303
  • G. El recurso de las acciones judiciales, pág. 304
  • 1. Acciones de amparo y cautelares, pág. 304
  • 2. Denuncias penales y criminalización de la protesta, pág. 305
  • 3. Acciones de responsabilidad civil, pág. 306
  • H. Otras formas de acción directa empresarias, pág. 306
  • CAPÍTULO DÉCIMO - EFECTOS DE LAS MEDIDAS DE ACCIÓN DIRECTA
  • I. Huelga y contrato individual de trabajo, pág. 309
  • II. Actos discriminatorios por el ejercicio de la huelga, pág. 310
  • A. Conceptos generales, pág. 310
  • B. Derecho Comparado, pág. 311
  • C. Doctrina de la OIT, pág. 313
  • D. Actos discriminatorios por razones gremiales y de conflicto, pág. 314
  • 1. Doctrina de la CSJN, pág. 314
  • a) Dirigente de entidades simplemente inscriptas: "Álvarez, Maximiliano c/Cencosud" (7-12-2010), pág. 315
  • b) Activistas sindicales: "Arecco, Maximiliano c/Praxair Argentina" (23-6-2011); "Parra Vera, Máxima c/San Timoteo SA" (23-8-2011); "Cejas, Adrián E. c/FATE SA" (26-3-2013, RC J 6124/13), pág. 316
  • c) Actividad gremial: "Ledesma, Florencio c/Citrus Batalla SA" (9-9-2014, RC J 7164/14), pág. 317
  • d) Representación de delegado sindical: "Fate SA c/Ottoboni, Víctor Octavio" (20-8-2015, RC J 5800/15), pág. 317
  • e) Titularidad de la declaración de la huelga y discriminación: "Orellano, Francisco Daniel c/Correo Oficial de la República Argentina SA s/Juicio sumarísimo" (7-6-2016, RC J 3018/16), pág. 318
  • f) Actividad reclamacional y sindical de hecho: "Varela, José G. c/Disco SA" (4-9-2018, RC J 5634/18), pág. 318
  • 2. Jurisprudencia relativa a discriminación vinculada con reclamos y conflictos colectivos, pág. 319
  • E. Puntos debatidos, pág. 322
  • 1. La existencia de actividad sindical relevante, pág. 322
  • 2. Carga de la prueba, pág. 323
  • 3. Readmisión o compensación indemnizatoria, pág. 328
  • III. El despido con motivo de la huelga, pág. 331
  • A. Derecho Comparado, pág. 331
  • B. Reglas generales, pág. 332
  • C. La intimación y calificación previa, pág. 336
  • IV. La pérdida salarial (suspensiones y descuentos), pág. 338
  • A. Principio aplicable, pág. 338
  • B. Responsabilidad del empleador por las consecuencias de la huelga, pág. 343
  • C. Conflictos por pérdidas salariales inflacionarias o huelgas defensivas, pág. 346
  • D. Según modalidad, pág. 347
  • E. Huelgas reivindicativas o innovativas, pág. 348
  • F. Criterios de la OIT, pág. 349
  • V. Judicialización y criminalización del derecho de huelga, pág. 350
  • A. Acciones civiles por daños y perjuicios con motivo de la huelga, pág. 350
  • 1. Derecho Comparado, pág. 350
  • 2. En el Derecho nacional, pág. 351
  • B. La figura penal específica (art. 158, Cód. Pen.), pág. 356
  • C. Otras figuras penales, pág. 358
  • D. Pronunciamientos del CLS y la CEACR, pág. 360
  • VI. Medios de reconocimiento y defensa del derecho de huelga, pág. 361
  • CAPÍTULO DECIMOPRIMERO - SISTEMAS DE PREVENCIÓN Y COMPOSICIÓN DE CONFLICTOS COLECTIVOS
  • I. Sistemas de prevención de conflictos, pág. 365
  • II. Procedimientos de solución de conflictos colectivos, pág. 367
  • A. Sistemas autónomos, pág. 367
  • B. Sistemas heterónomos, pág. 371
  • 1. Judicial, pág. 371
  • 2. La conciliación y mediación, pág. 371
  • 3. El arbitraje, pág. 372
  • III. Sistemas estatales de composición de conflictos colectivos, pág. 372
  • A. El Servicio de Mediación, Conciliación y Arbitraje, pág. 372
  • B. Autonomía colectiva y poder de policía estatal, pág. 373
  • C. Los procesos administrativos y el derecho de huelga, pág. 375
  • D. Condiciones procesales del ejercicio del derecho de huelga según la OIT, pág. 376
  • E. La obligatoriedad de la actuación de un órgano independiente, pág. 377
  • F. Principios del procedimiento administrativo en conflictos colectivos, pág. 379
  • 1. Simplicidad, pág. 379
  • 2. Celeridad, pág. 379
  • 3. Razonabilidad, pág. 380
  • 4. Impulso procesal de oficio, pág. 380
  • G. Obligación de negociar de buena fe, pág. 380
  • H. Competencias de las administraciones nacional y provinciales, pág. 381
  • I. Las condiciones necesarias del órgano conciliatorio, pág. 385
  • 1. Profesionalidad y versación en materia de conflictos colectivos, pág. 385
  • 2. Imparcialidad y confiabilidad, pág. 385
  • 3. Ascendencia moral, pág. 386
  • 4. Infraestructura y medios apropiados, pág. 386
  • CAPÍTULO DECIMOSEGUNDO - PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO
  • I. Los conflictos procesables colectivamente, pág. 387
  • A. Conflictos de derecho y de intereses, pág. 387
  • B. Categorías imprecisas y mixtas, pág. 389
  • C. Los conflictos de encuadramiento sindical y convencional, pág. 389
  • II. Conciliación laboral, pág. 390
  • A. Carácter obligatorio, pág. 390
  • B. La resolución conciliatoria, pág. 392
  • C. Conciliación obligatoria judicial, pág. 393
  • D. Proceso conciliatorio, pág. 394
  • 1. Comparendos, pág. 394
  • 2. Partes, pág. 395
  • a) Parte empresaria, pág. 395
  • b) Parte obrera, pág. 396
  • c) Práctica, pág. 397
  • 3. Audiencias, pág. 397
  • 4. Avenimiento, pág. 398
  • 5. Formulación de propuestas e investigación, pág. 398
  • 6. Plazo de conciliación, pág. 399
  • 7. Libertad de acción, pág. 400
  • 8. Ofrecimiento y rechazo del arbitraje, pág. 400
  • III. Arbitraje, pág. 401
  • A. Arbitraje voluntario, pág. 401
  • 1. Concepto, pág. 401
  • 2. Compromiso arbitral, pág. 402
  • 3. La sentencia o laudo arbitral, pág. 403
  • 4. Efectos del laudo, pág. 404
  • B. Arbitraje obligatorio, pág. 406
  • IV. Prohibición de medidas de acción directa sin agotamiento del proceso conciliatorio, pág. 408
  • A. Presupuestos de la imposibilidad de actuar colectivamente, pág. 408
  • B. Intimación, pág. 409
  • V. Medidas de acción directa, pág. 410
  • A. Medidas de acción directa patronales, pág. 411
  • B. Medidas de acción directa obreras, pág. 411
  • VI. Medida de retrotraer el conflicto, pág. 412
  • A. Concepto, pág. 412
  • B. Momento y forma del retroceso, pág. 414
  • C. Naturaleza jurídica y efectos de la medida de retrotraer, pág. 415
  • 1. Efecto suspensivo, pág. 416
  • 2. Difiere los actos, pág. 416
  • 3. Efecto anulatorio, pág. 416
  • VII. La ilegalidad de las medidas de acción directa, pág. 417
  • A. Antecedentes, pág. 417
  • B. La declaración de ilegalidad, pág. 418
  • C. Calificación judicial, pág. 422
  • D. Derecho Comparado, pág. 429
  • E. La declaración de ilegalidad de la huelga según la OIT, pág. 429
  • VIII. Sanciones por incumplimientos en el proceso conciliatorio, pág. 431
  • A. Sanciones administrativas, pág. 431
  • 1. Infracción leve, pág. 431
  • 2. Infracción grave, pág. 432
  • 3. Infracción muy grave, pág. 432
  • B. Responsabilidad asociacional, pág. 433
  • C. Responsabilidad penal, pág. 436
  • IX. Balance sobre prevención y composición de conflictos colectivos, pág. 436
  • CAPÍTULO DECIMOTERCERO - LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE CRISIS
  • I. Crisis y Derecho del Trabajo, pág. 439
  • II. De proletarios a propietarios de crisis, pág. 440
  • III. De la individualización a la sistematización y socialización de la crisis, pág. 442
  • IV. Los procedimientos de crisis, pág. 445
  • A. Los modelos laborales comparados y el subsistema procesal de crisis, pág. 445
  • B. División de competencias entre el poder federal y las provincias. Resolución 101 del MTESS de 2020, pág. 447
  • C. El decreto 328/88, pág. 448
  • 1. Supuestos de aplicación, pág. 448
  • 2. Trámite, pág. 449
  • D. Procedimiento preventivo de crisis de la Ley Nacional de Empleo, pág. 451
  • 1. Supuestos de aplicación, pág. 451
  • 2. Procedimiento, pág. 451
  • 3. Demanda de PPC, pág. 452
  • a) Admisibilidad, pág. 452
  • b) Empresa de más de 50 trabajadores, pág. 453
  • 4. Denuncia de la entidad sindical, pág. 453
  • 5. Trámite y efectos, pág. 454
  • 6. La estabilización ope legis, pág. 456
  • 7. Conclusión del PPC, pág. 459
  • 8. CCT o acuerdo de crisis, pág. 459
  • 9. Revisión judicial del CCT de crisis, pág. 461
  • CAPÍTULO DECIMOCUARTO - CONFLICTOS COLECTIVOS EN SERVICIOS ESENCIALES
  • I. Las medidas de acción directa en servicios esenciales, pág. 465
  • II. Pautas generales del ejercicio de la acción directa en servicios esenciales, pág. 467
  • III. Conceptos de servicios esenciales, pág. 469
  • A. En sentido estricto, pág. 469
  • B. Casos motivo de controversias no incluidos, pág. 471
  • C. Inclusiones excepcionales, pág. 472
  • D. Inclusión de oficio, pág. 476
  • IV. El procedimiento especial, pág. 478
  • V. Régimen sancionatorio, pág. 479
  • A. Sanciones colectivas, pág. 479
  • B. Responsabilidad individual, pág. 480
  • VI. Comisión de Garantías Nacional, pág. 482
  • A. Constitución y funcionamiento, pág. 482
  • B. Facultades, pág. 485
  • VII. Doctrina de la Comisión de Garantías Nacional, pág. 487
  • A. Dictámenes emitidos, pág. 487
  • B. Salud, pág. 489
  • C. Aplicación extensiva del criterio de servicios esenciales (técnicos aeronáuticos), pág. 493
  • D. Justicia, pág. 494
  • VIII. Competencia en materia de huelga en servicios esenciales, pág. 496
  • IX. Comisiones de Garantías provinciales, pág. 498
  • A. Mendoza, pág. 498
  • B. Córdoba, pág. 499
  • CAPÍTULO DECIMOQUINTO
  • CONCLUSIONES, pág. 501
  • ANEXO LEGISLATIVO
  • CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN CONFLICTOS DEL TRABAJO
  • Ley 14.786, pág. 509
  • PROCEDIMIENTOS DE CRISIS
  • Decreto 328/88, pág. 513
  • Ley Nacional de Empleo 24.013, pág. 514
  • Reglamentación de los procesos de crisis de empresas. Decreto 265/2002, pág. 516
  • Procedimiento preventivo de crisis de empresas en empresas de más de 50 trabajadores. Decreto 2072/94, pág. 519
  • CONFLICTOS COLECTIVOS EN SERVICIOS ESENCIALES
  • Reforma laboral. Ley 25.877, pág. 521
  • Reglamentación de conflictos en servicios esenciales. Decreto 272/2006, pág. 522
  • Bibliografía, pág. 527