índice
Agradecimientos ............................ I
Prólogo, Alberto M. Binder .................... V
l. Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
1. A. Aclaración. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
1. B. Objetivo de la obra ....................... 5
11. Los casos Cromañón, Cabello y de la
Cooperativa Obrera (de Neuquén) . . . . . . . . . . . . . . 9
11. A. El caso Cromañón ....................... 9
11. B. El caso Cabello .......................... 11
11. C. El caso de la Cooperativa Obrera (de Neuquén). 12
11. D. Aspecto común en los casos señalados ...... 14
111. Formas de responsabilidad penal subjetiva. 15
111. A. Dolo y culpa como elementos subjetivos
de la tipicidad ............................... 16
111. B. Dolo ................................. 16
111. C. Culpa ................................. 17
111. D. Las dos clases de dolo: de primero
y de segundo grado ...................... . .... 18
111. E. La clasificación tripartita de dolo
(que no comparto) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19
IV. "Dolo eventual" .......................... 21
IV. A. Concepto generalizado ................... 21 
IV. B. Semejanzas y diferencias entre lo que hoy
se mal denomina "dolo eventual" (culpa grave)
y la culpa con representación o culpa consciente . . . 25
1. Semejanzas ............................. 25
2. Diferencias. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
IV. C. Crítica a la invocada distinción entre el
mal llamado "dolo eventual" y la culpa consciente
(como para basar en ella una marcada
diferencia punitiva) ................. . . . . . . . . . . 28
V. El "dolo eventual" no es dolo. . . . . . . . . . . . . . . 31
V. A. El "dolo eventual" como categoría
contradictoria, desigualitaria y al margen de la ley. 31
V. B. El "dolo eventual" es una forma
grave de culpa ............................... 34
V. C. El "dolo eventual" proviene de otra dogmática
penal (no de la nuestra). Rodríguez Muñoz y
el caso español: "culpa temeraria" ............... 35
VI. Legalidad ............................... 39
VI. A. Base legal del concepto de dolo en Argentina. 39
1. Primer parámetro legal: hechos culposos
no punibles y escala penal establecida en la
ley para los delitos dolosos y culposos ......... 40
2. Segundo parámetro legal: alusión de la ley
al elemento cognoscitivo y volitivo ............ 41
3. Tesis que basa el concepto de dolo en el
artículo 34, inciso 1, del Código Penal argentino. 42
4. Elemento cognoscitivo del dolo e
incompatibilidad del artículo 34, inciso 1,
con el llamado "dolo eventual" ............... 46
5. Tesis que basa el concepto de dolo en el
artículo 42 del Código Penal argentino. . . . . . . . . 50
6. El "fin de cometer un delito determinado"
requiere conocer la seguridad o la práctica
seguridad de la producción del resultado
(y no la mera posibilidad) ..54
7. Posición del autor sobre la base legal
del concepto de dolo en Argentina ............ 63
VI. B. La fórmula legal de la tentativa no admite
el mal llamado "dolo eventual" . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64
VI. C. Tesis que acepta la tentativa con lo que
mal denominan "dolo eventual": crítica. . . . . . . . . . . 69
VI. D. Si el concepto de dolo debe apoyarse en el
artículo 42 del Código Pena1, el "eventual" no es dolo. 77
VII. Igualdad y proporcionalidad. Necesidad
de penas diferentes para dolo y culpa . . . . . . . . . . 79
VIII. Autores que consideran al mal llamado
dolo eventual como un supuesto de culpa .... 85
IX. La fórmula Recklessness del derecho penal
de los Estados Unidos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 93
X. Alguna jurisprudencia específica ........... 97
X. A. Un fallo del Tribunal Supremo de Venezuela:
el mal llamado "dolo eventual" es culpa .......... 97
X. B. Un fallo argentino: aplicar la pena del dolo
al "eventual" quebranta la legalidad y la igualdad .. 100
XI. Algunos argumentos a favor de la categoría
del "dolo eventual" y su crítica . . . . . . . . . . . . . . .. 103</