Comunidad hereditaria e indivisión posganancial AUTOR: Ferrer, Francisco A. M.
PÁGINAS: 664 | EDICIÓN: 1ª | |
MATERIA: Familia / Sucesorio | |
PUBLICADO: Abril 2018 | |
ISBN: 978-987-30-0703-3 | |
REFERENCIA: 2163 |
- CAPÍTULO I - SUCESIÓN, SUCESORES, HERENCIA
- A. Clases de sucesión
- 1-6. La sucesión universal, pág. 13
- 7-8. La sucesión particular, pág. 18
- B. Los sucesores9, pág. 20
- I. Sucesores universales, pág. 20
- 10, pág. 20
- 11.a)-14. El heredero universal, pág. 21
- 15.b)-21. El legatario de cuota, hoy heredero de cuota, pág. 28
- 22. Evolución de la jurisprudencia, pág. 37
- 23-24. Los derechos del legatario de cuota en el proceso sucesorio, pág. 38
- 25. Proyectos de reforma, pág. 41
- 26. Código Civil y Comercial de 2015, pág. 42
- 27. Derecho comparado, pág. 44
- 28.c)-34. El sucesor universal fiduciario, pág. 45
- 35.d) Pluralidad de sucesores universales, pág. 52
- II. Sucesores particulares, pág. 54
- 36.a)-38. El legatario, pág. 54
- 39. El legatario particular, pleno o fiduciario, no integra la comunidad hereditaria, pág. 56
- 40.b) El cesionario de derechos hereditarios, pág. 56
- C. La herencia
- 41. Unidad y autonomía de la herencia, pág. 57
- CAPÍTULO II - COMUNIDAD HEREDITARIA: NOCIONES GENERALES
- A. Generalidades
- 42. Indivisión, pág. 61
- 43. Léxico, pág. 64
- 44. Comunidad hereditaria. Concepto, pág. 65
- 45. Causa, pág. 68
- 46. Presupuestos para constituir la comunidad, pág. 69
- 47. Vocación sucesoria, pág. 69
- 48. Aceptación de la herencia, pág. 72
- 49. Existencia, fundamento y duración, pág. 73
- 50. Caracteres, pág. 77
- 51-53. Funciones, pág. 78
- B. Régimen jurídico
- 54. Política legislativa del Código Civil sobre la comunidad hereditaria, pág. 79
- 55. Normativa aplicable según el régimen del Código Civil, pág. 83
- 55 bis. El régimen del Código Civil y Comercial. Normas procesales, pág. 87
- CAPÍTULO III - NATURALEZA JURÍDICA
- 56. Las concepciones sobre la comunidad hereditaria, pág. 93
- 57. La concepción romana: comunidad por cuotas, pág. 93
- 58. La concepción germana: propiedad en mano común, pág. 96
- 59. La concepción anglosajona: inexistencia de comunidad hereditaria, pág. 98
- 60. La concepción romana en el derecho extranjero y patrio, pág. 100
- 61. Teorías intermedias, mixtas o prescindentes de las concepciones clásicas, pág. 100
- 62. Teoría de la personalidad jurídica, pág. 101
- 63-64. Tesis de la personalidad jurídica plena, pág. 102
- 65. Personalidad de la herencia en supuestos determinados, pág. 103
- 66. Personalidad de la herencia aceptada bajo beneficio de inventario, pág. 104
- 67. Personalidad limitada o restringida de la comunidad hereditaria, pág. 105
- 68-90. El patrimonio hereditario indiviso en ningún supuesto tiene personalidad jurídica, ni plena ni restringida, pág. 107
- 91. Derecho comparado, pág. 122
- 92. Patrimonio de afectación, pág. 124
- 93. Condominio, pág. 126
- 94. Identidad propia, pág. 129
- 94 bis. Régimen particular de propiedad y administración, pág. 130
- 95-100. Nuestra opinión, pág. 130
- CAPÍTULO IV - SUJETOS
- A. Sujetos
- 101. Individualización, pág. 139
- 102. Herederos de cuota: integran la comunidad, pág. 139
- 103. Concurrencia de diversos sucesores universales, pág. 140
- 104. Exclusión de los legatarios particulares, pág. 143
- 105. Modificaciones subjetivas. Cesionario, pág. 145
- B. Derecho hereditario de los comuneros
- 106. Derecho hereditario de los sucesores universales, pág. 147
- 107. Derecho abstracto sobre una cuota ideal de la herencia indivisa, pág. 148
- 108. Caracteres del derecho hereditario abstracto, pág. 153
- 109-110. Derecho a una cuota indivisa sobre cada uno de los bienes hereditarios, pág. 153
- CAPÍTULO V - OBJETO
- 111-112. Composición patrimonial del objeto de la comunidad hereditaria, pág. 157
- A. Activo
- 113. Elementos, pág. 160
- 114. Modificaciones, pág. 160
- 115.a) Aumentos, pág. 161
- 116.b) Disminuciones, pág. 165
- 117.c) Funcionamiento de la subrogación real, pág. 165
- 118.d) Bienes provenientes de una acción de reducción ejercida conjuntamente por los comuneros, pág. 168
- 119. Situación de las cosas ciertas legadas, pág. 168
- 120. Único bien sucesorio, pág. 170
- 121. Bienes que no integran el activo real de la comunidad, pág. 170
- 122.a) Valores colacionables, pág. 170
- 123.b) Bien obtenido individualmente por vía de acción de reducción, pág. 172
- 124.c) La indemnización que se paga a los herederos por la muerte del causante, pág. 172
- 125.d) Las pensiones y subsidios otorgados por asociaciones mutuales, pág. 172
- 126.e) El importe de los seguros de vida, pág. 172
- 127.f) Derechos y acciones extrapatrimoniales, pág. 173
- B. Pasivo
- 128-133. Composición y régimen jurídico del pasivo, pág. 174
- 134. Responsabilidad limitada del heredero, pág. 179
- 135. Responsabilidad por deudas y la responsabilidad por cargas de la herencia, pág. 180
- 136-139. Afectación prioritaria de la herencia indivisa al pago del pasivo sucesorio, sean los herederos responsables limitada o ilimitadamente, pág. 182
- 140. Afectación de la herencia al pago de las deudas siendo el heredero responsable ilimitadamente, pág. 185
- 141. La herencia como patrimonio neto, pág. 186
- 142-143. Situación posterior a la partición, pág. 187
- 144. Proyectos de reforma, pág. 188
- 145. Derecho comparado, pág. 189
- CAPÍTULO VI - DIVISIÓN DE CRÉDITOS Y DEUDAS
- 146. Régimen del Código Civil y del Código Civil y Comercial, pág. 193
- 147. Precedentes romanos y su perdurabilidad, pág. 194
- A. División de los créditos
- 148. Regla general del Código derogado y régimen del nuevo Código, pág. 197
- 149. Consecuencias de la divisibilidad automática de los créditos divisibles, pág. 198
- 150. Inconvenientes del régimen legal, pág. 203
- 151. Colisión de la regla de divisibilidad con otros preceptos del Código Civil. Diversas teorías, pág. 206
- 152. Nuestro criterio, pág. 211
- 153. Derecho comparado, derecho proyectado argentino y el nuevo Código, pág. 214
- B. División de las deudas
- 154. Principio de divisibilidad, pág. 216
- 155. Consecuencias de la divisibilidad de las deudas y de la indivisibilidad de su garantía patrimonial, pág. 218
- 156. Sujetos obligados, pág. 222
- 157. Momento en que se dividen las deudas, pág. 224
- 158. Ineficacia de los acuerdos entre copartícipes, pág. 226
- 159. Pago con subrogación, pág. 227
- 160. En la práctica rige la indivisibilidad, pág. 227
- 161. Derecho comparado y proyectado argentino, pág. 231
- CAPÍTULO VII - DERECHOS DE LOS COMUNEROS
- 162. Contenido, pág. 237
- A. Derecho sobre la cuota parte indivisa de la herencia
- 163. Derecho a disponer de su cuota, pág. 237
- 164. Cesión de los derechos del cónyuge sobreviviente, pág. 239
- 165. Remisión, pág. 241
- B. Sobre la cuota indivisa en cada uno de los bienes integrantes de la masa hereditaria
- 166-168. Derecho provisorio y condicional, pág. 242
- 169. Disposición de un bien hereditario determinado por todos los comuneros, pág. 248
- C. Sobre los bienes integrantes de la masa hereditaria
- 170. Realización de actos conservatorios, pág. 248
- 171. Posesión de los bienes hereditarios, pág. 250
- 172. Comunidad de posesión. Interversión del título, pág. 252
- 173. Frutos, pág. 254
- 174. Uso y goce de los bienes comunes. Partición provisoria, pág. 255
- 175. Costos de los servicios, pág. 257
- 176-184 bis. Ocupación de bienes de la sucesión por un heredero, pág. 257
- 185. Locación de un bien hereditario, pág. 264
- 186.a)-189. Locación ya contratada con el causante, pág. 264
- 190.b)-191. Locación contratada con sus comuneros, pág. 267
- 192. Desalojo, pág. 268
- 193. Actos de disposición, pág. 269
- 194. Venta de bienes hereditarios antes de la partición, mediando oposición o ausencia de algún cosucesor universal, pág. 273
- 194 bis. Actos de administración extraordinaria, pág. 275
- 195. Ejercicio de derechos societarios, pág. 278
- 196.a) Sociedades anónimas, pág. 278
- 197.b)-201. Sociedades de responsabilidad limitada, pág. 283
- 202-207. Pactos sobre incorporación o exclusión de herederos del socio fallecido, pág. 287
- D. Actuación procesal de los comuneros
- 207 bis. Legitimación para iniciar el proceso sucesorio, pág. 290
- 208-210. Ejercicio de acciones que correspondían al causante, activa o pasivamente, pág. 290
- 211. Legitimación activa de los comuneros, pág. 293
- 212. Acciones individuales de los acreedores hereditarios, pág. 297
- 213-226. Legitimación pasiva, pág. 300
- 227. Acciones del sucesor universal en defensa de su derecho hereditario, pág. 310
- 228-232. Ejercicio de acciones judiciales conservatorias, pág. 310
- 233-242. Acción reivindicatoria, pág. 313
- 243. Proyectos de reforma y derecho comparado, pág. 323
- 243 bis. El Código Civil y Comercial de la Nación, pág. 326
- 244. Derecho a demandar la partición, pág. 327
- 245. Límites, pág. 330
- 245.1. Trámites procesales previos, pág. 330
- 245.2. Situaciones críticas, pág. 330
- 245.3. Interversión del título y usucapión, pág. 331
- 245.4. Derecho de acreedores y legatarios, pág. 331
- 245.5. Bien de familia, pág. 332
- 245.6. Derecho de habitación del cónyuge supérstite, pág. 334
- 245.7. Indivisiones forzosas, pág. 337
- 245.8. Indivisión impuesta por el testador, pág. 338
- 245.9. Pacto de indivisión entre los coherederos, pág. 340
- 245.10. Indivisión impuesta por el cónyuge supérstite, pág. 341
- 245.11. Indivisión impuesta por un heredero, pág. 344
- 245.12. Oponibilidad frente a terceros. Derechos de los acreedores, pág. 345
- CAPÍTULO VIII - DERECHOS DE LOS ACREEDORES
- 246. Acreedores de la sucesión y acreedores del heredero, pág. 347
- A. Reglas generales
- I. Preferencias, pág. 348
- 247.a) De los acreedores de la sucesión con respecto a los herederos, incluso legitimarios, y a los acreedores de los herederos, pág. 348
- 248.b) De los acreedores de la sucesión respecto a los legatarios y acreedores de los legatarios, pág. 352
- 249.c) De los legatarios respecto de los acreedores personales del heredero, pág. 354
- 250.d) De los herederos forzosos respecto de los legatarios, pág. 355
- II. Orden de pago, pág. 356
- 251. Cargas y deudas de la sucesión; legítimas, pág. 356
- 252. Liquidación inorgánica del pasivo hereditario, pág. 358
- B. Derechos de los acreedores sucesorios
- 253. Clasificación, pág. 363
- 254.I. Derechos de carácter general, pág. 363
- 255.a) Determinar el sujeto pasivo de las deudas hereditarias, pág. 363
- 256.b) Iniciar e instar el trámite del proceso sucesorio, pág. 364
- 257.c) Obtener la declaración de legítimo abono de su crédito, pág. 365
- 258.d) Ejercer las acciones individuales por cobro de sus créditos, pág. 369
- 259.e) Ejecutar los bienes hereditarios no obstante la indivisión autorizada por artículos 2330/2333 del CCC, pág. 371
- 260.f) Ejecutar el inmueble hereditario libre del derecho de habitación viudal, pág. 371
- 261.g) Efectivizar su preferencia sobre los herederos en la partición, pág. 373
- 262.h) Pedir la quiebra de la sucesión, pág. 374
- 263.i) Exigir rendición de cuentas al heredero administrador, y reclamarle el resarcimiento de los daños ocasionados por su culpa grave, pág. 375
- 264.j) Exigir garantías al administrador, y demandar la remoción del administrador de la sucesión, pág. 375
- 265.k) Asumir la administración y liquidación de la herencia en caso de abandono del heredero, pág. 376
- 266.l) Derechos del acreedor presentado tardíamente, pág. 378
- 267.II-268. Derechos específicos en la situación de herencia confundida con el patrimonio personal del heredero. Acreedores del heredero, pág. 379
- C. Acreedores personales de los sucesores universales
- 269. Legitimación activa para demandar, pág. 384
- 269.a) La nulidad de la aceptación de la herencia, pág. 384
- 270.b) La nulidad de la renuncia, pág. 388
- 271.c) La revocación de la renuncia, pág. 389
- 272. Situación durante la etapa de indivisión, pág. 395
- 273-278. Venta forzada de los derechos hereditarios, pág. 396
- 279. Acciones que pueden ejercer por vía subrogatoria, pág. 402
- 280-287. Derechos y acciones en relación a la partición, pág. 403
- 288. Situación de los acreedores personales después de la partición, pág. 409
- CAPÍTULO IX - INDIVISIÓN POSGANANCIAL
- A. Nociones básicas. Régimen de comunidad de ganancias
- 289. La sociedad conyugal en el Código Civil, pág. 411
- 290. El régimen patrimonial del matrimonio en el Código Civil y Comercial, pág. 415
- 291. Convenciones matrimoniales, pág. 416
- 292. Régimen patrimonial primario, pág. 417
- 293. Régimen de separación de bienes, pág. 419
- 294. Régimen de comunidad de ganancias, pág. 419
- 295. Tipificación del régimen de comunidad, pág. 420
- 296. Comienzo del régimen patrimonial de comunidad, pág. 421
- 297. Calificación de los bienes de los cónyuges: propios y gananciales, pág. 422
- 298. Importancia de la distinción, pág. 426
- 299. Bienes mixtos, pág. 427
- 300. Gestión de los bienes en la comunidad, pág. 428
- 301. Deudas de los cónyuges, pág. 429
- 302. Extinción del régimen patrimonial matrimonial, pág. 434
- 303. Disolución del régimen por muerte de uno de los cónyuges, pág. 436
- 304. Disolución en caso de muerte presunta, pág. 438
- 305. Efectos de la disolución del régimen de comunidad, pág. 441
- B. Indivisión posganancial
- 306. Denominación, pág. 443
- 307. Características de la indivisión, pág. 444
- 308. Proyectos de reforma, pág. 445
- 308 bis. Régimen del Código Civil y Comercial, pág. 446
- 309. Naturaleza jurídica, pág. 448
- 310. Disolución del régimen de comunidad (sociedad conyugal) por causas distintas al fallecimiento de uno de los cónyuges, pág. 449
- 311. Responsabilidad por deudas, pág. 451
- 312. Extinción del régimen de comunidad por muerte de un cónyuge, pág. 453
- 313. Indivisión posganancial e indivisión hereditaria, pág. 456
- 314. Régimen jurídico especial de la indivisión posganancial derivada de la muerte de un cónyuge, pág. 459
- 315.a) Activo de la indivisión posganancial, pág. 459
- 316.b) La administración, pág. 461
- 317.c) Derecho del cónyuge supérstite a mantener la indivisión, pág. 463
- 318.d) Composición del pasivo, pág. 464
- 319.e) La liquidación del pasivo, pág. 464
- 320.f) División de las deudas, pág. 466
- 321.g) Las recompensas, pág. 466
- 322.h) Cargas de la sucesión, pág. 467
- 323.i) La partición del activo líquido, pág. 468
- 324. Temas a desarrollar, pág. 468
- CAPÍTULO X - ADMINISTRACIÓN DE LA HERENCIA INDIVISA Y LA INDIVISIÓN POSGANANCIAL
- 325. Sistemas de administración y liquidación de la herencia, pág. 469
- 326. Sistema argentino, pág. 472
- a) Régimen del Código Civil, pág. 472
- b) Sistema del Código Civil y Comercial: administración y proceso sucesorio, pág. 473
- 327. Concepto, pág. 476
- 328. Objeto, pág. 477
- A. Administración extrajudicial
- 329, pág. 477
- 330. Actos conservatorios, pág. 478
- 331. Medidas urgentes, pág. 479
- a) En interés común de la sucesión, pág. 479
- b) Medidas en seguridad de los derechos de un interesado, pág. 481
- 332. Actos de administración y de disposición, pág. 482
- 333. Administrador convencional, pág. 483
- 334. Administrador de hecho, pág. 486
- 335. Uso y goce de los bienes comunes, pág. 487
- 335 bis. Uso exclusivo del inmueble que fue residencia habitual de los esposos, pág. 488
- 336. Frutos de los bienes indivisos, pág. 488
- 337. Establecimientos comerciales, industriales, agropecuarios, pág. 489
- 338. Administración de establecimientos que constituyen unidad económica en caso de indivisiones forzosas, pág. 489
- B. Administración judicial de la herencia
- 339. Regla general del Código Civil derogado, pág. 495
- 340. Reglamentaciones procesales, pág. 496
- 341. Normativa específica sobre administración judicial de la herencia en el nuevo Código, pág. 497
- 342. Eficacia inmediata de las normas procesales contenidas en el Código Civil y Comercial, pág. 498
- 343. Administrador judicial. Iniciativa de las partes, pág. 500
- 344. Incidente de administración, pág. 501
- 345. ¿A quién representa el administrador judicial de la sucesión?, pág. 502
- 346. Administrador provisorio y administrador definitivo judicial, pág. 503
- 347. Quiénes pueden ser administradores judiciales, pág. 504
- 348. Procedencia y designación del administrador provisorio, pág. 505
- 349. Designación del administrador definitivo, pág. 507
- 350. Falta de acuerdo unánime o de mayoría. Facultades de los jueces, pág. 511
- 351. Preferencia del cónyuge. Parámetro de idoneidad, pág. 512
- 352. Cónyuge separado de hecho, pág. 513
- 353. Exclusión del cónyuge supérstite, pág. 513
- 354. Designación de un heredero, pág. 515
- 355. Designación de un tercero, pág. 516
- 356. Administración plural, pág. 518
- 357. Resolución que designa administrador. Apelabilidad, pág. 520
- 358. Designación por el testador, pág. 520
- 359. Prestación de fianza, pág. 526
- 360. Aceptación del cargo y entrega de los bienes, pág. 527
- 361-368. Facultades del administrador, pág. 528
- 369. Rendición de cuentas, pág. 536
- 370. Responsabilidad por daños y perjuicios, pág. 542
- 371. Remoción, pág. 544
- 372. Sustitución del administrador, pág. 547
- 373. Abandono del heredero administrador, pág. 547
- 374. Gastos y remuneración, pág. 550
- 375. Honorarios de los letrados patrocinantes del administrador, pág. 556
- CAPÍTULO XI - LIQUIDACIÓN DEL PASIVO
- 376. Separación de la administración y de las responsabilidades en vida de ambos cónyuges, pág. 557
- 377. Régimen del pasivo luego de la muerte de un cónyuge, pág. 559
- 378-382. Diversas teorías, pág. 560
- 383-386. El deceso de un cónyuge no altera objetivamente la relación de derecho con los acreedores, sean del causante o del supérstite, pág. 564
- 387. Existencia de dos masas indivisas: la posganancial y la hereditaria, pág. 567
- 388-390. Contradicciones, pág. 569
- 391-393. Incolumidad de las garantías patrimoniales de los acreedores del causante y del cónyuge supérstite, pág. 570
- 394. Inexacta interpretación del artículo 481 del CCC, pág. 572
- 395. Confluencia de acreedores del cónyuge prefallecido y del supérstite, pág. 574
- 396.I. Deudas de ambos cónyuges anteriores a la disolución de la comunidad, pág. 575
- 397.1) Acreedores del cónyuge prefallecido, pág. 576
- 398.2) Acreedores del cónyuge supérstite, pág. 579
- 399.II. Deudas del cónyuge supérstite contraídas durante la indivisión, después de la muerte del otro consorte, pág. 580
- 400.1)-401.2), pág. 580
- CAPÍTULO XII - CONCURSO O QUIEBRA DE LA SUCESIÓN
- 402. Conveniencia de la liquidación colectiva de la herencia, pág. 585
- 403. Antecedentes y derecho comparado, pág. 586
- 404. Derecho argentino, pág. 589
- 405. Concurso del patrimonio de una persona fallecida, pág. 591
- 406. Fundamentos, pág. 592
- 407. Concursamiento de la sucesión y sucesión concursada, pág. 592
- A. Concursamiento de la sucesión
- 408. Cesación de pagos, pág. 593
- 409. Vicisitudes del heredero, pág. 594
- 410. Inexistencia de plazo para pedir la falencia póstuma, pág. 595
- 411. El patrimonio de la persona fallecida debe estar separado del patrimonio de sus sucesores, pág. 595
- 412. Nuestra opinión: la pérdida de la limitación de responsabilidad del heredero (antiguo beneficio de inventario) no impide absolutamente el concurso autónomo de la sucesión, pág. 600
- 413. Concurrencia de aceptantes con responsabilidad limitada e ilimitada, pág. 605
- 414. Situación del heredero que pierde la responsabilidad limitada una vez declarada la falencia de la sucesión, pág. 606
- 415. Legitimación activa, pág. 607
- 416-417. Concursamiento de la sucesión y liquidación de la indivisión posganancial, pág. 611
- 418. Cuestiones de competencia, pág. 612
- 419-420. Sucesión concursada: muerte del fallido, pág. 613
- 421. Sucesión concursada e indivisión posganancial, pág. 616
- 422. Concursamiento de la sucesión: juez competente, pág. 617
- 423. Concurso preventivo. Separación de patrimonios, pág. 620
- 424. Inexistencia de plazo, pág. 620
- 425. Legitimación activa, pág. 621
- 426. Ratificación de la solicitud, pág. 623
- B. Concurso o quiebra de los herederos
- 427. Capacidad del fallido para aceptar o repudiar herencia, pág. 626
- 428. Heredero que no opta. Intimación del artículo 2289 del Código Civil y Comercial, pág. 626
- 429. Heredero que repudia la herencia, pág. 627
- 430. Intimación para practicar inventario, pág. 628
- 431. Intervención del síndico en el juicio sucesorio, pág. 629
- 432-434. El aislamiento de patrimonios que establece la ley concursal, los principios sucesorios y sus efectos sobre los acreedores de la herencia y del heredero, pág. 629